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Desde noviembre la actividad del contribuyente irá en la factura




21/10/2014 - 07:01:44
Opini�n.- En comparaci�n a las facturas convencionales, la facturaci�n virtual que se emitir� desde el 10 de noviembre presentar� tres variantes.

La actividad del contribuyente, leyenda y C�digo de Respuesta R�pida, son los tres detalles que incorporar�n las nuevas facturas virtuales, explic� el asesor tributario de la Cooperativa Boliviana de Cemento Industrias y Servicios (COBOCE Ltda.), Ala�n Pe�a.

ACTIVIDAD DEL CONTRIBUYENTE Respecto a la primera variante, la actividad del contribuyente, deber� estar debidamente registrada en el Padr�n Nacional de Contribuyente, seg�n explica el art�culo 10 de la Resoluci�n Normativa de Directorio, Nro. 10-0025-14.

Adem�s, dicha actividad econ�mica podr� estar descrita de manera resumida.

Aquellos contribuyentes que usen la modalidades de facturaci�n manual, prevalorada o computarizada (tres primeras de las seis modalidades que regir�n) deber� incluir en la factura su actividad secundaria, en caso de que la tengan.

LEYENDAS La factura llevar� textos para reflexionar a los contribuyentes, por un lado y por otros a los vendedores de bienes y prestadores de servicios.

Por ejemplo, todas las modalidades llevar�n en la parte inferior y con letras may�sculas la siguiente frase: �Esta factura contribuye al desarrollo del pa�s. El uso il�cito de �sta ser� sancionado de acuerdo a la ley�.

Adem�s de esto, los contribuyentes deber�n incluir en sus facturas alguna de las leyendas que establece el Servicio Nacional de Impuestos (SNI), en funci�n a la Ley de Protecci�n de las Usuarias y Usuarios: �Si se te ha vulnerado alg�n derecho puedes exigir la reposici�n o restauraci�n�. �El proveedor deber� dar cumplimiento a las condiciones ofertadas�, �Est�n prohibidas las pr�cticas comerciales abusivas, tienes derecho a denunciarlas�, entre otras.

Tambi�n hay leyendas sectoriales como la siguiente: �Est� prohibido importar, distribuir o comercializar productos expirados o prontos a expirar� en letras min�sculas.

C�DIGO Finalmente, el C�digo de Respuesta R�pida (QR), una imagen que almacena informaci�n de la dosificaci�n autorizada por la administraci�n tributaria y de toda transacci�n comercial realizada, tambi�n figurar� en las facturas virtuales. Este �ltimo requisito no regir� en las facturas manuales y prevaloradas.

M�s all� de estas caracter�sticas, Pe�a explic� que la facturaci�n virtual no implica la desaparici�n del papel, pues la norma establece que en caso de que el consumidor solicite factura f�sica es deber del contribuyente d�rsela.

Habr� 6 modalidades de facturaci�n que difieren en su fecha l�mite de emisi�n

En el marco del sistema de facturaci�n virtual que entrar� en vigencia a partir del 10 de noviembre, existir�n seis modalidades de facturaci�n: manual, prevalorada, computarizada, oficina virtual, electr�nica web y electr�nica por ciclos.

Seg�n la Resoluci�n Normativa de Directorio Nro. 10-0025-14, la primera y tercera modalidad, manual y computarizada, tendr�n una fecha l�mite de emisi�n de 180 d�as. Vale decir que el contribuyente deber� emitir sus facturas en un plazo no mayor al establecido en la resoluci�n. En el caso de la facturaci�n prevalorada, el l�mite sube a 360 d�as.

Sin embargo, los tres �ltimos tipos de facturaci�n (oficina virtual, electr�nica web y electr�nica por ciclos) tendr�n un l�mite de emisi�n del mismo d�a en el que son entregadas al consumidor.

El asesor tributario de la Cooperativa Boliviana de Cemento, Industrias y Servicios (COBOCE Ltda.), Ala�n Pe�a, explic� que esto se debe a que la hermen�utica de emisi�n en estas modalidades es interactiva con el servidor del Servicios Nacional de Impuestos (SNI).

Por eso, en vista de que estos tres �ltimos procesos ser�n netamente virtuales, en la misma resoluci�n que emiti� el SNI, se recomienda a los contribuyentes -espec�ficamente a los usuarios de la facturaci�n web y por ciclos- que para salvar eventualidades tienen que habilitarse tambi�n la modalidad manual o la computarizada.

Esta ser�a una salida, por ejemplo, si hubiera un corte en el suministro de energ�a el�ctrica.

Es m�s, �en la modalidad de facturaci�n electr�nica por ciclos, cuando la contingencia impida la remisi�n de informaci�n a la administraci�n tributaria, el SIN podr� ampliar la duraci�n del ciclo hasta un nuevo plazo�, establece el inciso tres del art�culo seis de la resoluci�n.

Sin embargo, estas recomendaciones se aplicar�n �nicamente en casos de emergencia.

El control ser� mayor sobre ventas para m�s recaudaci�n
Pablo Cuba

Economista

El Sistema de Facturaci�n Virtual que entrar� en vigencia desde el 10 de noviembre, creo que es muy positivo, ya que habr� mayor control sobre las ventas, y justamente �ste es el prop�sito que tiene el Servicio Nacional de Impuestos (SNI), recaudar m�s grav�menes.

Este sistema evitar� el mal manejo de las facturas, adem�s contrarrestar� la omisi�n de facturaci�n porque, desde ya, el comprador y el vendedor tendr�n que desarrollar sus operaciones con este sistema electr�nico.

Pese a que este sistema es una novedad en el pa�s, en otras naciones como Chile o Estados Unidos (EEUU), ya ha sido puesto en pr�ctica y ha dado muy buenos resultados.

El problema es que con este nuevo proceso, no se va a terminar la informalidad en los mercados, negocios electr�nicos, y dem�s. Por eso creo que ser�a interesante que las personas que est�n en este tipo de rubros tambi�n se adapten a este sistema.

M�s all� de este aspecto negativo, habr�a que resaltar que con la implementaci�n de este Sistema de Facturaci�n Virtual, los consumidores ya no tendr�n que sistematizar sus facturas para presentarlas cada mes en sus fuentes laborales, a manera de descarga, sino que esto ya suceder� autom�ticamente.

No es que va a desaparecer el papel, sino que van a desaparecer las facturas. Es decir, quien presenta descargos cada mes, ahora solo presentar� unos comprobantes porque el resto ya estar� automatizado.

En el marco de este nuevo sistema, es necesario que el SNI desarrolle cursos de capacitaci�n para que las peque�as y medianas empresas se adapten con facilidad, porque es una obligaci�n que todos apliquen este sistema.

http://www.opinion.com.bo/opinion/articulos/2014/1021/noticias.php?id=142770

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