Se abre puerta para postulación de legisladores en subnacionales
25/12/2014 - 10:36:56
P�GINA SIETE.- Los diputados y senadores podr�n habilitarse como candidatos para las elecciones subnacionales 2015 con una declaraci�n jurada y el certificado del �ltimo registro biom�trico, documentos con los que pueden demostrar que residieron al menos dos a�os en la jurisdicci�n por la que postulan.
La informaci�n fue proporcionada por el presidente interino del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando.
La autoridad explic� que el requisito de residencia de dos a�os para las candidaturas, seg�n establecen los art�culos 285 y 287 de la Constituci�n, se puede cumplir con la presentaci�n de la declaraci�n jurada ante notario de Fe P�blica de que el candidato reside en la regi�n por la que postula y el certificado del �ltimo registro biom�trico que indica d�nde est� inscrito para votar.
"Resulta que no hay ninguna instituci�n en el pa�s que certifique la residencia. Una cosa es el domicilio y otra la residencia. El domicilio certifica la Polic�a. Entonces hay una especie de vac�o jur�dico y no porque hay un vac�o nosotros podemos dejar de actuar. Nosotros tenemos la obligaci�n de llenar y se hizo con la declaraci�n jurada ante notario y con el registro biom�trico�, explic� Ovando a P�gina Siete.
Sin embargo, Ovando advirti� que se corre es riesgo de que alg�n postulante presente una declaraci�n jurada falsa y al TSE, por ley, no le que da m�s que asumir la presunci�n de la verdad.
Para evitar ese tipo de hechos -indic� Ovando- se publicar� la lista de los candidatos habilitados para que toda la poblaci�n los conozca y luego habr� un periodo para que cualquier ciudadano demande la inhabilitaci�n de un candidato con el argumento de que incumple los requisitos.
La vocal Dina Chuquimia explic� que ser�n inhabilitados como candidatos quienes no presenten los 10 requisitos que exige el �rgano Electoral. "Estos requisitos son para todos los ciudadanos que buscan habilitarse como candidatos o candidatas para cargos electivos a nivel departamental o municipal. No es para un sector o algunas personas�, manifest� Chuquimia.
El pasado viernes el Tribunal Electoral emiti� la circular que proh�be a diputados y senadores en funciones a postularse como candidatos a subgobernadores, corregidores, alcaldes y concejales porque no cumplen el requisito de residencia permanente de dos a�os inmediatamente anteriores a la elecci�n en el departamento, regi�n o municipio como establece la Constituci�n.
Seg�n el calendario electoral, los partidos tienen hasta el 29 de diciembre para presentar sus listas de candidatos.
Punto de vista
Arturo Y��ez Abogado penalista
Hay vac�o jur�dico en las normas
No hay una norma que establezca la forma de acreditar la residencia, s�lo domicilio que certifica la Polic�a Nacional. La costumbre es s�lo certificar el domicilio y eso incluso puede ser con un recibo de agua, luz, tel�fono donde aparece el nombre y el domicilio.
Entiendo que los diputados y senadores, salvo que vivan de forma definitiva en La Paz y no vuelvan m�s a su regi�n, no tienen residencia definida.
Ahora se tiene que hacer una interpretaci�n pero ampliando los derechos de estos ciudadanos, como el de participar en la formaci�n, ejercicio y control del poder pol�tico.