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Hasta el 31 se debe pagar el retroactivo al alza salarial




06/05/2015 - 06:49:52
LA RAZON.- El pago del incremento salarial del 8,5% al haber b�sico y del 15% al salario m�nimo nacional (SMN) con retroactividad al 1 de enero de 2015, dispuesto por el Decreto Supremo 2346, podr� ser efectivizado hasta el 31 de mayo de la presente gesti�n. El par�grafo II de la disposici�n final primera de esta normativa indica que �el pago del retroactivo del incremento salarial podr� ser efectivizado hasta el 31 de mayo de la presente gesti�n�.

El Decreto Supremo 2346 establece el incremento salarial del 8,5% para este a�o e indica que est� dirigido a profesionales y trabajadores en salud, personal de los Servicios Departamentales de Gesti�n Social (Sedeges), personal docente y administrativo del magisterio fiscal, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Polic�a; adem�s del sector privado. La norma a�ade tambi�n que el aumento al SMN ser� del 15% para la presente gesti�n.

El presidente de la Confederaci�n de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas, dijo ayer a La Raz�n que el plazo establecido para el pago del retroactivo es �bastante corto� pues en otras gestiones el Gobierno les daba al menos dos meses. �Es un tiempo bastante corto y vamos a tener que hacer un sacrificio extra muy fuerte para poder cumplir porque efectivamente en un mes nivelar ese incremento salarial es fuert�simo, es bastante complicado para la empresa privada. Entonces no existen los recursos, ni estaba previsto porque no sab�amos de esto hasta que se promulg� el decreto�, argument� e indic� que esperaban que se les d� plazo hasta el 30 de junio para cumplir con esta disposici�n.

Reuniones. Consider� que si hubiese existido una reuni�n tripartita entre empresarios, trabajadores y el Gobierno no se hubiese dado este tipo de plazo. �Como no hemos sido tomados en cuenta en el proceso de negociaci�n, no pod�amos tener certeza de qu� es lo que negociaban ellos, fue de forma bipartita�, dijo.

El 9 de marzo, el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) acordaron un incremento del 8,5% al haber b�sico (masa salarial) y del 15% al SMN, que regir� tanto para el sector p�blico como privado y ser� con car�cter retroactivo a enero de 2015. Con este plazo, Nostas asegur� que las empresas se ver�n afectadas en sus flujos de caja pues, trat�ndose de una norma, deber�n cumplir con la misma, haciendo esfuerzos. Anticip� que las m�s afectadas ser�n las peque�as empresas del sector.

Sin embargo, dijo que esperan una pronta reuni�n con el presidente Evo Morales para hacerle conocer sus preocupaciones. La jornada de hoy, el directorio de la CEPB analizar� este tema. Desde el 1 de mayo rige en Bolivia el incremento salarial del 8,5% y el SMN de Bs 1.656, que es 15% superior al de 2014. Esta vez el aumento llega hasta el presidente Evo Morales, es retroactivo al 1 de enero e inversamente proporcional para el sector salud y de la seguridad social (cajas).

Aumento en las empresas p�blicas ser� diferenciado

El incremento salarial del 8,5% al haber b�sico para este a�o en las empresas p�blicas, donde el Estado tiene mayor�a accionaria, no ser� mayor a ese porcentaje y se distribuir� de manera inversamente proporcional, seg�n lo establece el Decreto Supremo 2348.

El art�culo 6, par�grafo II de esa norma, establece que el aumento salarial �podr� distribuirse de manera inversamente proporcional; siempre y cuando la variaci�n total de la masa salarial (haber b�sico), emergente de la aplicaci�n del incremento salarial, no supere el porcentaje aprobado anualmente para el sector p�blico�.

El 9 de marzo, el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB) acordaron un incremento del 8,5% al haber b�sico (masa salarial) y del 15% al salario m�nimo nacional (SMN), que regir� tanto para el sector p�blico como para el privado y ser� con car�cter retroactivo a enero de 2015. El art�culo 3 del decreto indica que el alza salarial para este sector no podr� ser superior al incremento salarial aprobado anualmente, y se lo dar� de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada empresa.

El art�culo 4 de esta norma complementa que para ser beneficiarias del incremento salarial las empresas p�blicas deber�n cumplir los siguientes requisitos. Una de estas exigencias es que las empresas p�blicas deben demostrar sostenibilidad financiera en su flujo de caja proyectado para al menos tres a�os. Otro requisito es que estas firmas deben haber generado utilidad operativa en la gesti�n anterior. Tambi�n establece que el incremento no debe implicar ajuste de precios de los productos o servicios prestados.

Escalas salariales, hasta el 20 de mayo

Hasta el 20 de mayo, las entidades p�blicas deber�n remitir al Ministerio de Econom�a y Finanzas P�blicas su �escala salarial modificada y aprobada mediante resoluci�n de la m�xima instancia legalmente facultada para su evaluaci�n�. As� lo establece la disposici�n final segunda del Decreto 2347, aprobado el 1 de mayo.

En caso de existir superposici�n de niveles y de cargos en las escalas de las unidades del sector p�blico, emergentes de la aplicaci�n del presente decreto, se autoriza al Ministerio de Econom�a y Finanzas P�blicas efectuar los ajustes necesarios, a�ade la normativa.

El pago retroactivo del incremento salarial para este sector tambi�n podr� efectivizarse hasta el 31 de mayo de 2015. El 1 de mayo, tras la aprobaci�n de los incrementos salariales tanto para el sector privado como p�blico, el ministro de Trabajo, Empleo y Previsi�n Social, Gonzalo Trigoso, inform� que los mismos tendr�n sus respectivos reglamentos que estar�n listos en al menos 15 d�as.

En una de estas normas, por ejemplo, se precisar� si el aumento del 8,5% llegar� a altos cargos en el sector privado, dijo el ministro. �Tenemos que definir bien el decreto, va a ser objeto de una reglamentaci�n ministerial, veremos bien �sta y quedaremos conformes, en blanco y negro, sobre lo que dice el decreto�, sostuvo. El secretario ejecutivo de la Central Obrera Boliviana (COB), Juan Carlos Trujillo, indic� ayer que la reglamentaci�n a los decretos supremos aprobados el 1 de mayo a�n es revisada en cuanto a los alcances que tendr�n aqu�llos.

http://la-razon.com/economia/Decreto-debe-pagar-retroactivo-alza-salarial_0_2265973416.html

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