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El Gobierno autoriza actividades hidrocarburíferas en áreas protegidas




26/05/2015 - 06:06:42
LA RAZON.-El Gobierno autoriz� mediante decreto el desarrollo de actividades hidrocarbur�feras en �reas protegidas y estableci� la obligaci�n de los operadores, paralelamente, de encarar acciones para mitigar da�os ambientales en zonas de alta sensibilidad, contribuir a erradicar la extrema pobreza y destinar el 1% del monto de inversi�n para fortalecer el �rea protegida intervenida.

El Decreto Supremo 2366, aprobado el 20 de mayo, establece en su primer art�culo que el aprovechamiento del recurso se da en el marco de su �car�cter constitucional, estrat�gico y de inter�s p�blico para el desarrollo del pa�s; vinculado a la reducci�n de la extrema pobreza en comunidades que habitan las �reas protegidas y la gesti�n integral de los sistemas de vida�.

�Se permite el desarrollo de actividades hidrocarbur�feras de exploraci�n en las diferentes zonas y categor�as de �reas protegidas, en cumplimiento a los condicionamientos ambientales establecidos por el Servicio Nacional de �reas Protegidas � SERNAP y la Autoridad Ambiental Competente Nacional � AACN�, prev� parte del par�grafo I del art�culo 2.

Bolivia cuenta con al menos 22 �reas protegidas, entre ellas los parques Medidi, Carrasco, Noel Kempff Mercado, Sajama, Toro Toro, Tunari, Isiboro S�cure, Ambor�; las reservas de vida silvestre Manuripi, Flor y Fauna Tariqu�a, Biol�gica Cordillera de Sama; y las �reas naturales de manejo integrado Apolobamba y El Palmar.

Para el desarrollo de pozos exploratorios en las �reas protegidas deber� encararse un procedimiento independiente de evaluaci�n de impacto ambiental y control de calidad, mientras que de descubrirse reservas tendr� que hacerse una �evaluaci�n y revisi�n de los instrumentos de planificaci�n u ordenamiento espacial del �rea Protegida�.

La norma prev� el cumplimiento de seis medidas ambientales, como el uso de las tecnolog�as de �ltima generaci�n, para minimizar el impacto ambiental; considerar la existencia de ecosistemas fr�giles y riesgos en la biodiversidad; priorizar tecnolog�as que minimicen la perturbaci�n de la biodiversidad y establecer medidas socio-econ�micas para contribuir en la erradicaci�n de la extrema pobreza en las zonas de intervenci�n.

Las empresas que operen tienen la obligaci�n, de acuerdo a la norma, de destinar 1% del monto de inversi�n para el fortalecimiento del �rea protegida intervenida.

Est� prohibida la realizaci�n de actividades hidrocarbur�feras de exploraci�n y explotaci�n en categor�as de Santuario y Monumento Natural. El Reglamento General de �reas Protegidas prev� que Santuarios albergan especies de flora y fauna silvestres end�micas, amenazadas o en peligro de extinci�n, una comunidad natural o un ecosistema singular.

El Monumento Natural, en cambio, implica la preservaci�n de rasgos naturales sobresalientes de particular singularidad, por su car�cter espectacular, paisaj�stico o esc�nico, de formaciones geol�gicas, fisiogr�ficas o yacimientos paleontol�gicos.

El Reglamento, en parte del art�culo 23, proh�be �el uso extractivo o consuntivo de sus recursos renovables o no renovables y obras de infraestructura, excepto para investigaci�n cient�fica, ecoturismo, educaci�n ambiental y actividades de subsistencia de pueblos originarios, debidamente calificadas y autorizadas, en raz�n a que �stas categor�as brindan a la poblaci�n oportunidades para el turismo y recreaci�n en la naturaleza, la investigaci�n cient�fica, el seguimiento de los procesos ecol�gicos, la interpretaci�n, la educaci�n ambiental y la concientizaci�n ecol�gica, de acuerdo a su zonificaci�n, planes de manejo y normas reglamentarias�.

La disposici�n final �ltima del decreto del 20 de mayo se�ala que el decreto debe aplicarse con preferencia. �Para las actividades en �reas protegidas del sector de hidrocarburos, se aplicar� de manera preferente el presente Decreto Supremo sobre las disposiciones normativas de igual jerarqu�a que regulan dichas actividades�.

http://la-razon.com/economia/Gobierno-autoriza-actividades-hidrocarburiferas-protegidas_0_2277372318.html

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