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Inauguran oficina de la Defensoría de la Niñez y adolescencia en la Terminal Bimodal

24/06/2015 - 17:23:32
Ofrecer� orientaci�n y atenci�n gratuita al p�blico que viaje con ni�os. Tambi�n habr� profesionales para atender diferentes temas.
Enmarcados en normativas municipales como la Ley 548 del Nuevo C�digo de NNA (Ni�o, Ni�a adolescente), se�aladas en el art�culo 188 inciso e.e., el mismo que instruye la verificaci�n en las terminales de la documentaci�n legal pertinente, en caso de viajes nacionales, adem�s de dar cumplimiento a las medidas de prevenci�n establecidas en la Ley 263 para prevenir la trata y tr�fico de seres humanos; es que el Gobierno Municipal ha definido la apertura de una oficina de asistencia social en la terminal de buses.

Las oficinas contar�n con un equipo multidisciplinario con amplia experiencia conformada por un abogado, trabajador social y un psic�logo que ofrecer�n un servicio municipal de atenci�n integral, permanente y gratuita a toda la comuna cruce�a, con horarios de atenci�n de 8:00 a 12:00 p.m y 2:30 a 18:30.

�El p�blico puede solicitar orientaci�n psico-socio-jur�dica en temas de asistencia familiar, violencia en todos sus tipos, problemas de conducta, entre otros, de acuerdo a sus competencias, los profesionales tienen la facultad de derivar el caso al distrito municipal que corresponda o a la instituci�n pertinente en el tema. Es importante recordar que existen 15 defensor�as desconcentradas en los distritos municipales y para casos de emergencias durante las 24 horas, deben comunicarse a la l�nea gratuita 156 o al 3453040 oficina central. As� tambi�n existe un espacio de denuncias e informaci�n disponible en la Web, visitando nuestra p�gina oficial www.dnamunicpal.cotas.net�, dijo Rossy Valencia, responsable de esta repartici�n municipal.

Para la ejecuci�n de este plan, ya se capacitaron 100 funcionarios de la terminal bimodal, acerca del correcto procedimiento de permisos de viaje para ni�os, ni�as y adolescentes, adem�s de la correcta verificaci�n de la documentaci�n en casos de viajes nacionales.

En los casos de autorizaci�n de viajes internacionales, la DNA no es la instituci�n responsable de emitir este tipo de autorizaci�n, los ciudadanos deben dirigirse a plataforma del palacio de justicia para solicitar los requisitos, dicho permiso debe ser autorizado por la autoridad competente, un Juez de Ni�ez y adolescencia, seg�n lo establece el art. 69 del C�digo NNA.

La inauguraci�n ser� este jueves a partir de las de la ma�ana.

PERMISO DE VIAJE DE NI�O, NI�A ADOLESCENTE AL EXTERIOR
Los permisos de viaje al exterior son expresamente autorizados por el juez de la Ni�ez y Adolescencia, conforme lo establece el Art. N� 169 del C�digo Ni�a Ni�o Adolescente el cual refiere lo siguiente:
1.- Cuando el ni�o, ni�a o adolescente viaje con uno solo de los padres, requerir� la autorizaci�n expresa del otro. En ausencia del otro progenitor es el Juez el que debe otorgar la autorizaci�n y exigir� las garant�as de dos personas que radiquen en la localidad donde se tramita la solicitud.

2.- Cuando el ni�o, ni�a o adolescente viaje sin sus padres se precisara la autorizaci�n de ambos, mediante un poder notarial y En ausencia de uno de los progenitores, se proceder� de acuerdo con el numeral anterior.

3.- En caso de viaje con ambos padres no se requerir� de autorizaci�n alguna, basta la presentaci�n de documentos de identidad de ambos progenitores y del ni�o.-

REQUISITOS DE VIAJE PARA NI�O, NI�A ADOLESCENTE A NIVEL NACIONAL

1).- PERMISO DE VIAJE PARA NI�O, NI�A ADOLESCENTE DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL TRAMITADOS POR AMBOS PADRES PRESENTES
Para que un menor de edad pueda transitar libremente dentro del territorio nacional se debe presentar ante la empresa TERRESTRE, O AEREA con la siguiente documentaci�n acreditando ser el padre y madre del ni�o ni�a y adolescente que va a viajar a cualquier parte del departamento.

A).- Carn�t de identidad, pasaporte o (DNI carn�t de identidad extranjero), ORIGINAL de ambos padres presente
B).- Carn�t de Identidad, pasaporte o (DNI carn�t de identidad extranjero), ORIGINAL o certificado de nacimiento original del ni�o, ni�a adolescente. Una vez acreditada la presentaci�n de la documentaci�n original de los padres y los menores estos pueden viajar a cualquier parte del pa�s, debiendo la empresa de transporte exigir para sus archivos las fotocopias de la documentaci�n presentada al momento de vender el pasaje, como as� tambi�n el pasajero debe llevar consigo la documentaci�n original de carnet de identidad y certificado de nacimiento de los menores.

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