Abren crédito a turismo, arte e investigación
28/07/2015 - 07:30:41
LOS TIEMPOS.- El �Reglamento para Operaciones de Cr�dito al Sector Productivo�, elaborado por la ASFI y vigente desde ayer, incluye financiamiento para los sectores: turismo, producci�n intelectual, inform�tica e investigaci�n. Estas �reas acceder�n a tasas anuales m�ximas de entre 6 y 11,5 por ciento.
La Autoridad de Supervisi�n del Sistema Financiero (ASFI) inform� ayer que el reglamento establece lineamientos, requisitos y condiciones de las operaciones financieras que realiza el sector productivo.
En el caso del financiamiento de actividades comprendidas en el sector del turismo, el beneficio de la tasa de inter�s regulada abarca cr�dito para mejorar los servicios de alojamiento, ciertas actividades de provisi�n de alimentos y bebidas, servicios de transporte en general, servicios generales de turismo y actividades culturales y recreativas, explic� la ASFI en una nota de prensa difundida ayer.
En cuanto a la producci�n intelectual, de acuerdo a lo establecido en la Ley N� 393 de Servicios Financieros, el financiamiento de la producci�n intelectual tambi�n se incluye como parte del cr�dito al sector productivo, benefici�ndose de las condiciones previstas para este tipo de cr�dito las actividades de producci�n literaria, musical, cinematogr�fica, teatral y art�stica.
Tambi�n se puede solicitar cr�dito productivo para actividades relacionadas con los servicios de inform�tica y con la investigaci�n y desarrollo de ciencias naturales, ingenier�a y humanidades.
�Adicionalmente, este reglamento prev� que la cartera de cr�ditos al sector productivo otorgada mediante alianzas estrat�gicas, computar� para el cumplimiento de los niveles m�nimos de cartera, para aquellas entidades de intermediaci�n financiera sujetas a dichos niveles�, se�al� la ASFI.
Tasas reguladas rigen desde hace un a�o
Las tasas reguladas para el sector productivo rigen desde julio de 2014, de acuerdo con lo que establece el Decreto Supremo 2055, que reglamenta la Ley de Servicios Financieros.
Seg�n el art�culo 5 de esa norma, las tasas de inter�s anuales m�ximas para el sector productivo fueron establecidas seg�n la dimensi�n de la unidad productiva, as� para las empresas grandes y medianas el inter�s es del 6 por ciento; para la peque�a empresa es del 7 por ciento; y para la microempresa la tasa es del 11,5 por ciento. El porcentaje se defini� tomando en cuenta los costos administrativos de estos pr�stamos.