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Ampliar tributación debilitará al sector simplificado según experto




27/08/2015 - 06:49:59
OPINION.- El Decreto Supremo 2491, que instruye la presentaci�n de facturas a asalariados que ganan m�s de 5.691 bolivianos, traer�, entre otras consecuencias, el debilitamiento del sector simplificado (no obligado a emitir facturas).

Seg�n el experto tributario, Ala�n Pe�a, la medida que se aplicar� a partir de enero de 2016 direccionar� el consumo de los asalariados hacia negocios del R�gimen General.

Ejemplific� que una persona que gana m�s de seis mil bolivianos, estar� obligada a descargar mensualmente facturas por un valor de al menos mil bolivianos.

Sin considerar que, adem�s, debe incurrir en otro tipo de gastos por los que no recibe facturas, por ejemplo el pago de pasajes, adquisici�n de material escolar en mercados populares y dem�s.

Esa es, seg�n Pe�a, la segunda consecuencia de la aplicaci�n del Decreto Supremo 2491: la merma de los ahorros de los asalariados.

Para Pe�a, esta medida incluso es contradictoria a otras pol�ticas gubernamentales, por ejemplo, la de los cr�ditos para la adquisici�n de viviendas sociales.

Explic� que aquella poblaci�n que est� en plan de ahorro para comprarse una casa, estar� obligada a gastar para presentar facturas.

VENTAJAS Por otra parte, la medida anunciada recientemente por la viceministra de Pol�ticas Tributarias, Susana R�os, traer� ventajas, pero para las arcas del Estado, pues aumentar�n las recaudaciones.

Adem�s, seg�n Pe�a, para 2016 el universo de asalariados que presentan facturas a sus empleadores mensualmente se incrementar� considerablemente.



LA NORMA El 19 de agosto, el Gabinete aprob� el Decreto Supremo 2491 que introduce ajustes a este impuesto sobre el ingreso de las personas naturales y sucesiones indivisas (RC-IVA) que estaban previstos en el DS. 21531 de febrero de 1987.

El art�culo �nico del decreto (publicado por P�gina Siete) se�ala que: se modifica el numeral 2 del inciso c) del art�culo 8 del Decreto Supremo 21531 de febrero de 1987 con el siguiente texto: "El equivalente a la al�cuota correspondiente al IVA aplicada sobre el monto de un Salario M�nimo Nacional, en compensaci�n al IVA que se presume, sin admitir prueba en contrario, corresponde a las compras que el contribuyente hubiera efectuado en el per�odo a sujetos pasivos de los reg�menes tributarios especiales vigentes, prohibidos de emitir facturas, notas fiscales o documentos equivalentes�.

Hasta ahora, la obligaci�n era para quienes percib�an un ingreso superior a cuatro salarios m�nimos nacionales (6.624 bolivianos).

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