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Fondo que protege al ahorrista ya acumuló la suma de $us 530 MM




07/02/2016 - 09:56:33
LA RAZ�N.- El Fondo de Protecci�n del Ahorrista (FPAH), que salvaguarda los dep�sitos de los clientes de entidades financieras, acumul� unos $us 530 millones hasta noviembre de 2015 y desembols� $us 9,9 millones para cubrir la quiebra de la Mutual Guapay, que operaba en Santa Cruz.

Un informe del Banco Central de Bolivia (BCB) da cuenta que la totalidad de los recursos fueron colectados desde 2001. Ese a�o fue creado, en primera instancia, el Fondo de Reestructuraci�n Financiera (FRF), mediante Ley 2297, de diciembre de 2001. Posteriormente, el mismo fue reemplazado por el FPAH, que fue creado mediante Ley 393, de agosto de 2013.

�Su objeto (refiri�ndose al Fondo) es proteger los ahorros de las personas naturales y jur�dicas depositados en las entidades de intermediaci�n financiera, a trav�s del apoyo a procedimientos de soluci�n y mediante la devoluci�n de dep�sitos�, explica el ente emisor en respuesta a un cuestionario enviado por este medio.

Para ello, las entidades financieras est�n obligadas a realizar aportes al FPAH, en base al total de los ahorros que administran. Dichas contribuciones, dice el BCB, son consideradas gasto, por lo que �las entidades no tienen ning�n derecho� sobre esos recursos.

Bajo esas reglas, en 2008 se dio v�a libre al proceso de soluci�n (posterior a la intervenci�n y que tiene la finalidad de proteger los intereses de los depositantes y acreedores) de la Mutual Guapay, para lo que se erog� $us 9,9 millones, que por entonces eran administrados por el FRF.

Un informe de enero de 2008 de la entonces Intendencia de Supervisi�n de Riesgos y de Asuntos Jur�dicos de la ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, actual Autoridad de Supervisi�n del Sistema Financiero (Asfi), daba cuenta que las p�rdidas acumuladas por esa entidad ascend�an a Bs 95,5 millones, por lo que correspond�a su intervenci�n. Seg�n datos a esa fecha, los dep�sitos y cuentas de los ahorristas sumaban $us 35 millones.

Datos. La memoria anual 2008 de la ex superintendencia da cuenta que los pasivos y activos de Mutual Guapay fueron transferidos al Banco BISA, entidad que se present� a una compulsa y gan�, tras ofrecer $us 1.091.000.

En noviembre de 2009, la entidad reguladora emiti� una resoluci�n que revoc� la licencia de funcionamiento de la mutual cruce�a, con lo que se concluy� el proceso de soluci�n.

La disposici�n por la cual el FPAH es responsable de los gastos de una entidad financiera quebrada est� vigente desde 2001. Antes de esa gesti�n, el Estado asum�a los costos por la liquidaci�n forzosa de una entidad.

El BCB recuerda que la Ley General de Bancos de 1928 y la Ley 1488 de Bancos y Entidades Financieras, de 1993, autorizaron a esa entidad y a la ex Superintendencia de Bancos a intervenir las entidades financieras quebradas y designar a intendentes interventores, con la finalidad de aplicar procedimientos de soluci�n o liquidaci�n forzosa judicial.

Adem�s, el ente emisor recuerda que mediante Decreto Supremo 23881 se autoriz� al BCB �a otorgar recursos econ�micos con el objetivo de proceder a la devoluci�n total o parcial de los dep�sitos del p�blico�.

Esa disposici�n estuvo vigente entre 1985-2000. Bajo ese procedimiento, seg�n un informe de gesti�n de la ex Superintendencia de Bancos, se llev� adelante la liquidaci�n forzosa del Banco Sur SA (1994); Banco de Cochabamba SA (1994); Banco Agr�cola de Bolivia (1991); Banco Minero de Bolivia (1991); Banco Financiero Industrial SA (1991); Banco Latinoamericano de Desarrollo SA (1988); Banco del Progreso Nacional SAM (1987); Banco de Potos� SA (1987); Banco de Cr�dito Oruro SA (1987); Banco de la Vivienda SAM (1987).

El BCB informa que actualmente administra las carteras del Banco de Cr�dito de Oruro, del Banco de Potos�, Banco del Progreso Nacional SAM, Banco Sur y Bidesa. Adem�s, est� a cargo de las deudas del Banco Boliviano Americano, la Cooperativa San Jos� Obrero y del Instituto Nacional de Preinversi�n (Inalpre).

Conceptos utilizados por el BCB

HonrarLa daci�n de pago se produce cuando una persona natural o jur�dica entrega un bien para pagar total o parcialmente su deuda. RecursosLa liquidaci�n forzosa acontece cuando la autoridad que regula el sistema financiero, en este caso la Asfi, dispone la intervenci�n de una entidad financiera afectada para su liquidaci�n. A trav�s de ese procedimiento se convierte los activos en efectivo.AhorroEl procedimiento de soluci�n es posterior a la intervenci�n y su finalidad es proteger los intereses de los depositantes y acreedores de la entidad. El BCB debe cobrar 3.849 pr�stamos

Un total de 3.849 prestatarios a�n deben pagar sus deudas al Banco Central de Bolivia (BCB) porque esta entidad se hizo cargo de las carteras de cr�ditos de ocho entidades de intermediaci�n financiera que quebraron. Del total, el instituto emisor recibi� 3.803 cr�ditos en daci�n de pago y a t�tulo gratuito y 46 corresponden al ex Inalpre.

De acuerdo con un informe del BCB, 2.705 cr�ditos corresponden al Banco Boliviano Americano (1999), 119 al Banco de Cr�dito de Oruro (1987), dos al Bidesa (1997), 423 al Banco de Potos� (1987), 193 al Banco Progreso Nacional SAM (1987), 358 al Banco Sur (1994) y dos a la Cooperativa San Jos� Obrero (1997). A ellos se suman los 46 pr�stamos del ex Inalpre. Las obligaciones que el BCB recibi� en daci�n de pago corresponden a la entrega de un bien para cubrir total o parcialmente la deuda.

El instituto emisor informa que con la finalidad de facilitar a los deudores y garantes la cancelaci�n de sus obligaciones, el directorio aprob� el Reglamento de Incentivos para la Cobranza de Cartera de Cr�ditos, que est� vigente hasta el 31 de diciembre de la presente gesti�n.

�Esta normativa obedece al criterio de que es m�s factible recuperar capital con cierto grado de condonaci�n de intereses. Asimismo, el BCB busca que los deudores se habiliten como usuarios del sistema al salir de la Central de Informaci�n Crediticia (Central de Riesgos)�, explica la entidad.

Las personas deudoras podr�n beneficiarse de las nuevas condiciones si cancelan la totalidad de la deuda, en un solo pago y en efectivo, �favoreci�ndose de la condonaci�n de intereses corrientes, penales, moratorios y otros cargos (publicaciones, formularios y seguros)�.

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