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Perú no pondrá a Zuleta ni a Sánchez Peña en frontera




30/07/2016 - 08:13:30
EL DEBER.- El embajador de Per� en La Paz, Benjam�n Chimoy, afirm� ayer que mientras en Lima se resuelva un pedido de refugio, las autoridades peruanas proteger�n a los abogados W�lter Zuleta y Williams S�nchez Pe�a, exdefensores de Gabriela Zapata. De esta forma respondi� a la solicitud del Gobierno boliviano, que exigi� reciprocidad por la extradici�n, en 2015, del empresario Mart�n Bela�nde.

El diplom�tico, durante un encuentro con los medios en la plaza Murillo, manifest� que �como solicitantes de refugio (los abogados) gozan, preliminarmente, de una cierta protecci�n. De acuerdo al derecho internacional, no se les puede poner en frontera en este momento", explic�.

Chimoy complement� que �cada caso de solicitud de refugio es examinada por una comisi�n, ah� se ver�n los elementos para aprobar o rechazarlo�.

Ante esa respuesta, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, se�al� que su responsabilidad ser� poner al tanto del caso al nuevo ministro del Interior de Per�. �A la anterior autoridad le expusimos los antecedentes e hicimos llegar el informe de Migraci�n, que acredita que Zuleta y S�nchez Pe�a abandonaron el pa�s de forma ilegal�.

Romero conf�a en que no deber�a corresponder el refugio y que lo manifestar� a su nuevo colega peruano, porque no son "perseguidos pol�ticos", sino que deben responder ante la justicia.
Zuleta fue acusado por la Fiscal�a en rebeld�a en el caso Zapata por los delitos de asociaci�n delictuosa, uso indebido de bienes y servicios y contribuciones y ventajas ileg�timas.

Asimismo, Romero mencion� que existe una pol�mica sobre el tipo y la categor�a de alerta que emiti� la Interpol tras la salida de los dos juristas. �Se activ� la alerta roja cuando verificamos su presencia en Lima, ya portaba credencial de personas que ten�an en curso el tr�mite de refugio, entonces en ese momento tramitamos para que se cambie a alerta azul, con la que el Estado en el que se encuentran puede expulsarlos en frontera, esta coordinaci�n la hacen los abogados para permitir el retorno de las personas�, explic� la autoridad.

Complement� que el tr�mite del cambio lo hace la Fiscal�a. �Ellos hacen el requerimiento a la Polic�a Internacional, pero, evidentemente, hay un trabajo de coordinaci�n que est� en curso�, manifest�.
El fiscal general, Ramiro Guerrero, pidi� reciprocidad a Per�, debido a que el pa�s, en su momento, devolvi� a Mart�n Belaunde.

Mientras tanto, la ministra de Comunicaci�n, Marianela Paco, calific� al empresario y l�der de UN, Samuel Doria Medina, como �tramitador de refugio para pr�fugos�, luego de un viaje que realiz� a Lima.

Desde La Paz, la defensa de S�nchez Pe�a hizo conocer un pronunciamiento que se�ala que el hecho de que el ministro Romero, el fiscal general y Paco emitan declaraciones sobre el tema y la denuncia de que Doria Medina hace gestiones demuestra que se trata de un tema pol�tico, lo que hace viable la concesi�n del refugio en Per�

Abogados pueden apelar la decisi�n
Seg�n el texto de la Ley del Refugiado, que est� vigente en Per�, al que tuvo acceso este medio, los abogados William S�nchez Pe�a y W�lter Zuleta pueden apelar la decisi�n si es que les niegan la solicitud de refugio; pueden optar por ir a un tercer pa�s.

El art�culo 5 se�ala que �toda persona que invoque esa condici�n no puede ser rechazada, devuelta, expulsada, extraditada o sometida a cualquier situaci�n de retorno al pa�s donde su vida, integridad o su libertad est�n amenazadas�.

Quedan exentos de esa disposici�n solamente las personas que hubieran cometido delito grave antes de ingresar a territorio peruano y se convierta en una amenaza para el orden p�blico y la seguridad.
Tras ser admitida la solicitud, corre un plazo de 60 d�as h�biles para que se d� una respuesta. El art�culo 16 se�ala que si hay dudas, la comisi�n debe dar el beneficio de la duda, es decir, declarar procedente el pedido, y si se la rechaza, el art�culo 17 establece el derecho a apelar del solicitante y que se reconsidere su caso.

Si es que se niega definitivamente, la persona tiene la opci�n de no retornar a su pa�s y recurrir a un tercero.

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