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Por crímenes norma prevé castigos de 5 a 30 años




27/03/2017 - 08:35:20
El D�a.- La persona que mate a otra ser� sancionada con prisi�n de cinco (5) a catorce (14)", dice textualmente el art�culo 93 en su par�grafo I del anteproyecto de Ley del Nuevo C�digo de Sistema Penal, en referencia a los "cr�menes contra la vida", haciendo entrever que las sanciones o "castigos" ser�n diferenciados entre leves de cinco a�os hasta un m�ximo de 30 a�os, conforme la gravedad de los hechos. No obstante, en los casos de feminicidio, violaci�n seguido de muerte y aborto provocado, merecer�n un castigo de 30 a�os de prisi�n, sin derecho a indulto.

El hecho estriba, seg�n Diego Jim�nez, viceministro de Justicia, que la nueva reforma penal, en gestar una "justicia restaurativa" en lugar de inminentemente "punitiva" orientada a solo castigar los delitos sin el resarcimiento de la v�ctima, como actualmente sucede.

El Art�culo 2 del anteproyecto remarca este aspecto al se�alar que: "El presente C�digo tiene por finalidad racionalizar el poder punitivo como �ltima respuesta al conflicto aplicable solo cuando no sea posible solucionarlo por medios menos violentos, instaurando un sistema penal con enfoque restaurador", se�ala.

Tipos penales y sanciones variables. En el caso de homicidio, seg�n reza el Art�culo 93, en sus diferentes par�grafos, determina castigos no solo de cinco a 14 a�os, sino tambi�n de 15 a 24 a�os de prisi�n en caso "si la acci�n es �nica y el resultado es la muerte de dos o m�s personas".

Asimismo, determina imponer sanciones de 25 a 30 a�os de c�rcel en caso que la v�ctima sea o haya sido su c�nyuge o conviviente; su ascendiente o descendiente; su madre, padre o hijo adoptivos.

En caso tambi�n que al autor del hecho le una o le haya unido con la v�ctima una relaci�n de afectividad o intimidad, a�n sin convivencia.

Otro de los motivos para sancionar con 30 a�os de prisi�n tiene que ver en el caso que el hecho se cometa por "placer, odio, motivos racistas, homolesbotransf�bicos o similares de origen discriminatorio", se�ala el par�grafo 4.

Entre otros aspectos, la anteproyecto del nuevo C�digo, cita que los 25 a 30 a�os de prisi�n es cuando el hecho se cometa con el concurso premeditado de dos o m�s personas; con ensa�amiento o habiendo aumentado deliberadamente el dolor a la v�ctima; cuando se aproveche la situaci�n de indefensi�n de la v�ctima, cuando se trate de persona adulta mayor o persona con discapacidad; o cuando el hecho sea conexo a las infracciones de trata o tr�fico de personas o sea resultado de ritos, cumplimiento de desaf�os grupales o pr�cticas culturales; entre otros aspectos salientes.

Asimismo, se se�ala 30 a�os cuando el homicidio tambi�n ser� agravado cuando la v�ctima sea menor de 12 a�os.

Pero en delitos de agravante menor, cuando la persona que mate a otra, encontr�ndose en un estado de emoci�n violenta y que las circunstancias hagan excusable, ser� sancionada con dos (2) a ocho (8) a�os de prisi�n. "No se aplicar� la emoci�n violenta como atenuante de responsabilidad en casos de feminicidio ni homicidio a ni�o o ni�a", enfatiza la norma.

En tres casos salientes. En casos de feminicidio, violaci�n "seguido de muerte", aborto forzado con muerte, la pena ser� con 30 a�os de c�rcel sin derecho a indulto. Adem�s remarca el anteproyecto en el Art�culo 94, en el caso de feminicidio, no se aplicar� la emoci�n violenta como atenuante de responsabilidad.

La norma enfatiza que son aplicables los 30 a�os en caso la mujer mantenga con el autor una relaci�n familiar, laboral, de amistad, compa�erismo, u otra similar que implique confianza, subordinaci�n, obediencia o dependencia hacia �ste.

En ese contexto, V�ctor Borda, abogado y diputado oficialista, se�ala en el caso espec�fico de los cr�menes que el nuevo C�digo prev� un r�gimen especial de aplicaci�n de medidas cautelares, donde exclusivamente su proceso e investigaci�n ser�n hechos por el Ministerio P�blico y la Polic�a, en el �mbito de la clasificaci�n de tipos penales. Otros tipos penales: como delitos y faltas, ser�n procesados por otras instancias.

Borda, al respecto, precis� tambi�n que solo en cr�menes, si bien las sanciones son variables; ser�n acumulativas, no pudiendo ser la pena superior a los 30 a�os ni a la mitad del delito m�s grave.

"Si una persona allana un domicilio, ha agredido a una persona y paralelamente ha robado; que en conjunto figuran como cr�menes, las penas ser�n acumulativas. En el caso de robo supone diez a�os, dos a�os por el allanamiento y tres por la agresi�n. Entonces no puedo pasar de 15 a�os, que es la mitad del delito m�s grave", explic� el asamble�sta del MAS.

Aspectos para el an�lisis. "Ahora todo est� contenido en este nuevo C�digo", se�ala V�ctor Borda, abogado y diputado del oficialismo, al referirse que actualmente la profusi�n y dispersi�n de normas que contienen infracciones penales (413 tipos penales creados en 40 diferentes leyes), impiden a su vez, la construcci�n de una pol�tica criminal coherente con sanciones arm�nicas, resultando hoy m�s gravoso simular contraer matrimonio que torturar un ser humano.

"El actual sistema lejos de priorizar la atenci�n de los bienes jur�dicos protegidos por la nueva Constituci�n Pol�tica del Estado y promover la cultura de paz, se empe�a en criminalizar conductas sin mayor sistem�tica, generando en no pocos casos, confusi�n e ineficacia (de la justicia)", argumenta el anteproyecto en su parte introductoria.

Seg�n Susana Saavedra, abogada y directora de la Fundaci�n Construir, se�ala que la norma se�al� que afortunadamente, en este contexto, el nuevo C�digo, apuesta como fin de la pena la "resocializaci�n", frente a las intenciones manifiestas en la Cumbre de Justicia realizada el a�o pasado donde surgieron voces para instituir la cadena perpetua.

"Cuando decimos resocializaci�n estamos refiri�ndonos a que la norma prioriza la inserci�n social, que es una de las actuales fallas de la justicia. Ese es el fin de la pena, dado que la c�rcel no puede constituir, como hoy sucede, en dep�sito de seres humanos. Desde esa perspectiva, el nuevo C�digo hace bien en acogerse no solo a la Constituci�n, sino a los convenios y tratados internacionales", precis� la experta Saavedra.

A su vez, Rolando Ar�stegui, abogado especialista en el tema, se�al� que la nueva normativa, en t�rminos de "cr�menes contra la vida" debe ajustarse de acuerdo a la Constituci�n Pol�tica del Estado (CPE), donde el delito m�s grave es castigado con la pena m�xima de 30 a�os.

"De acuerdo a la Constituci�n, ninguna ley puede prever una m�xima m�s de 30 a�os, de ah� para abajo, las agravantes var�an, en funci�n a los tipos de hecho, dado que en todo delito la participaci�n es diferente, por cuanto las sanciones son variables", se�al�.

Por su parte, el viceministro Jim�nez, se�ala que todos esos aspectos abordados forman parte de un esp�ritu de la nueva norma asentada en una justicia restaurativa, aglutinado en un proyecto de Ley del Nuevo C�digo de Sistema Penal, aglutinados en un solo cuerpo. "Actualmente tenemos una justicia con bases en el sistema retributivo que castiga con pena cualquier hecho penal; pero con el actual sistema, ante todo estamos introduciendo mecanismos de reinserci�n y sobre todo buscando el resarcimiento a la v�ctima del derecho penal. Pero en el caso de los cr�menes, aquellos tipos penales que realmente afecta al sentido social, como son los casos de infanticidio y feminicidio, los casos deben ser perseguidos con toda la fuerza del Estado", finaliz�.

Variables
Sanciones en otros casos penales

Torturas y tratos crueles. Seg�n el art�culo 95, la persona que intencionalmente cometa en contra de otra, leg�tima o ileg�timamente privada de libertad, un acto de tortura ser� sancionada con cinco (5) a catorce (14) a�os de prisi�n. El agravante ser� mayor "si se comete en contra de persona con discapacidad, menor de dieciocho (18) a�os, mayor de sesenta (60) a�os o mujer embarazada.

Secuestro. EL art�culo 99 se�ala que la persona que sustraiga, retenga u oculte a otra persona en contra de su voluntad con el prop�sito de obtener un rescate, obligar a la persona secuestrada o a un tercero a cumplir una condici�n extorsiva, obligar a una autoridad o particular a realizar u omitir una determinada acci�n, o causar da�o f�sico o perjuicio a la persona secuestrada o a un tercero, ser� sancionada con tres (3) a diez (10) a�os de prisi�n.

Violaci�n. El art�culo 102 precisa que en este caso, se sancionar� con once (11) a veinte (20) a�os de prisi�n, a quien realice con persona de uno u otro sexo, actos sexuales no consentidos o con violencia o intimidaci�n. Adem�s, se�ala que las penas ser�n con 30 a�os de prisi�n cuando: la v�ctima sea menor de dieciocho (18) a�os, persona adulta mayor, persona con discapacidad o mujer embarazada y resulte un grave da�o en la salud o integridad de la v�ctima.

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