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El TCP despejará dudas sobre eliminación de los preavisos




29/03/2017 - 08:05:14
EL DIA.- El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TPC), Oswaldo Valencia, explic� que el fallo que elimin� el preaviso de la Ley General del Trabajo no afecta a ning�n derecho de los trabajadores ni crea nuevas causales de despido y "para eliminar cualquier tipo de dudas y malas interpretaciones, ese organismo anunci� que emitir� un auto aclaratorio para despejar cualquier duda que se tenga sobre el fallo. "No es evidente que genere una inseguridad jur�dica; sin embargo, cualquier duda que hubiere o tal vez ha considerado ciertos aspectos que no eran claros, aclaro una vez m�s que el TCP va a notificar con auto de aclaraci�n, con ello disipar�amos cualquier situaci�n y que quede claro que no existe m�s, en ning�n rinc�n del pa�s un despido injustificado", manifest� Valencia. Recordemos que luego que se conociera el fallo el viceministro de Transparencia, Gonzalo Trigoso, advirti� que este gener� graves problemas al sector obrero.

La COB defiende el fallo. Guido Mitma, m�ximo dirigente de la Central Obrera Boliviana (COB), rechaz� las observaciones del viceministro Trigoso. Asegur� que las modalidades de contrato figuran en otros art�culos de la Ley de Trabajo y que el art�culo 13 de esa norma tambi�n habla de los desahucios. Este tema se trat� en una reuni�n realizada ayer entre dirigentes de la COB con representantes del Gobierno, a la cabeza del presidente Evo Morales. El viceministro de Coordinaci�n con Movimientos Sociales, Alfredo Rada, afirm� que en la reuni�n el Gobierno ha cumplido con alertar a la COB sobre los elementos de esta sentencia constitucional que son favorables a los patrones.

Recalc� que el tema de mayor preocupaci�n es que el fallo ampl�a las causales de despido justificado contra los trabajadores, entre ellas la fuerza mayor, incapacidad f�sica y mental, quiebra de la empresa, indisciplina y otros que no est�n en la Ley General del Trabajo.

Trabajar�n en una norma. La presidente de la C�mara de Diputados, Gabriela Monta�o, y la presidente de la Comisi�n de Constituci�n, Susana Rivero, manifestaron que el fallo del TCP dej� en el "limbo" y "en vilo" a los trabajadores del pa�s, al expulsar del ordenamiento jur�dico el bloque del art�culo 12 de la legislaci�n laboral, por lo que la Asamblea Legislativa Plurinacional trabajar� una norma para regular la sentencia del TCP. "Estaremos en la predisposici�n de generar soluciones para evitar los vac�os legales", dijo Monta�o, quien a�adi� que acatar�n el fallo del �rgano guardi�n constitucional a pesar de dejar "en vilo" a los trabajadores.

Por su parte, el diputado de Unidad Dem�crata, Wilson Santamar�a, coincidi� en indicar que se debe hacer otra norma para regular estos aspectos. Entre tanto, el ejecutivo de la Federaci�n Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), Orlando Guti�rrez, critic� las varias sentencias que emiti� TCP con distintos criterios, respecto al preaviso de despido laboral. Dijo que los magistrados faltan al respeto a los trabajadores y juegan a la "ruleta rusa".

El dirigente de los mineros asalariados record� que en 2013 el TCP emiti� una sentencia para dejar sin efecto a los preavisos de despido, pero en 2016 sac� otro fallo donde les da validez, y reci�n la semana pasada elimin� de la normativa, cuestion�.

Para saber



El art�culo 12 de la ley General del Trabajo y el decreto supremo fueron anulados.

Lo que decia el articulo 12. El contrato podr� pactarse por tiempo indefinido, cierto tiempo o realiza obra o servicio. En el primer caso, ninguna de las partes podr� rescindirlo previo aviso a la otra, conforme a las siguientes reglas:

*Trat�ndose de contratos con obreros, con una semana de anticipaci�n, de un mes de trabajo ininterrumpido; con 15 d�as, despu�s de 6 meses y despu�s de un a�o.

*Trat�ndose de contratos con empleados, con 30 d�as de anticipaci�n por el empleado, y con 90 por el patrono, despu�s de 3 meses de trabajo interrumpido. La parte que omitiese el aviso abonar� una suma equivalente al sueldo o salario de los per�odos establecidos.

Decreto supremo 6813 del 03 de julio de 1964 en su art�culo �nico. A partir de la fecha, el preaviso de retiro para obreros ser� de 90 d�as despu�s de 3 meses de trabajo ininterrumpido, al igual que para los empleados

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