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Código prevé sanción para servidor público de 8 años




29/03/2017 - 08:10:37
EL DIA.- Por diez tipos de delitos inherentes con el servicio p�blico o el servidor p�blico, el anteproyecto de Ley del nuevo C�digo de Sistema Penal prev� sanciones entre uno y ocho a�os de c�rcel. Entre esos casos tipificados est�n: peculado, negaci�n o retardo de justicia, tr�fico de influencias, ventajas ileg�timas, beneficio a raz�n del cargo, exacciones, incumplimiento de deberes, entre otros.

El art�culo 269, en el caso de "peculado", se�ala que la servidora o el servidor p�blico que aprovechando del cargo que desempe�a se apropie o consienta que otro se apropie de dinero, valores o bienes de cuya administraci�n, cobro o custodia se hallare encargado, ser� sancionado con uno (1) a ocho (8) a�os de prisi�n e inhabilitaci�n para el ejercicio de la funci�n p�blica y/o cargos electos. Si la situaci�n es grave, se le suma un tercio m�s, se�ala la norma.

En cambio, en caso de "negaci�n de justicia", el art�culo 270, "la jueza o juez que se niegue a juzgar argumentando oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley ser� sancionado con uno (1) a siete (7) a�os de prisi�n", argumenta. La norma prev� la inhabilitaci�n para el ejercicio de la profesi�n, oficio o cargo permanente.

En igual sanci�n incurrir� el fiscal que, faltando a la obligaci�n de su cargo, injustificadamente deje de promover la persecuci�n o represi�n de responsables o presuntos responsables.

Tr�fico de influencia y otros. El art�culo 272, referente a tr�fico de influencias, se�ala que la servidora o servidor p�blico que directamente o a trav�s de un tercero, aprovechando las funciones que ejerce o usando las influencias del cargo, obtenga ventajas para s� o para un tercero ser� sancionado con dos (2) a ocho (8) a�os de prisi�n e inhabilitaci�n para el ejercicio de la funci�n p�blica y/o cargos electos.

La sanci�n ser� agravada en un tercio m�s si acaso "el autor se beneficie indebidamente de contratos, suministros, subastas, exenciones o subvenciones". Tambi�n la norma en borrador se�ala que la norma ser� extensiva, adem�s de servidores p�blicos, para "la persona particular que incurra en las conductas en ellos descritas en nombre de un funcionario servidor p�blico, as� como a los �rbitros, peritos, auditores, contadores", entre otros, detalla el borrador del proyecto de Ley.

Por hechos de malversaci�n de fondos del Estado, el art�culo 271, indica que la "servidora o servidor p�blico que d� a los recursos econ�micos o bienes que administra o custodia, una aplicaci�n diferente de aquella a la que estuvieran destinados", ser� sancionado hasta con cinco a�os de prisi�n,

Si el servidor p�blico se aprovechara del cargo que ostenta, admita regalos u otros beneficios, tambi�n ser� sancionado con un m�ximo de cinco a�os.

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