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Código de Familia obliga a hijos a dar asistencia a sus padres y cárcel para los que incumplan




18/04/2017 - 15:13:27
La Paz, (ABI).- El diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Lino C�rdenas, dijo el martes que el C�digo de Familia, vigente en el pa�s, obliga a los hijos a dar una asistencia econ�mica a sus padres, en ciertas circunstancias, y establece c�rcel de seis meses para quienes incumplan esa disposici�n.

"Al igual que los hijos pueden pedir asistencia, de la misma forma los padres que se encuentran en situaci�n de necesidad, que no puedan valerse por s� mismos o sean mayores de 65 a�os, pueden solicitar mediante un juez que se le pase una asistencia familiar, que tiene que ser en proporci�n a sus necesidades y a quien puede darle esa asistencia", indic� a los periodistas.

Manifest� que en caso de no cumplirse con dicha norma, la sanci�n ser� la privaci�n de libertad de la persona por un m�ximo de seis meses, extremo que puede ser cambiado, pues en el pa�s no existe c�rcel por ese tiempo.

"Ah� puede hacer un compromiso de pago que deber� cumplirse en un plazo de tres meses, de lo contrario puede volver a la c�rcel", agreg�.

C�rdenas explic� que esa disposici�n se encuentra en el art�culo 33 que habla sobre los deberes de los hijos y en el inciso d) del C�digo de Familia, promulgada en 2014, que indica que los hijos deben "prestar asistencia a su madre, padre o ambos, y ascendientes, cuando se hallen en situaci�n de necesidad y no est�n en posibilidades de procurarse los medios propios de subsistencia".

Mencion� que para obtener dicha asistencia se debe seguir un procedimiento, es decir, presentar una demanda ante el juez de familia, para que luego esa autoridad notifique en cinco d�as y en 10 d�as cite a audiencia, para que ah� se defina el monto econ�mico de la asistencia que se entregar�.

El legislador record� que seg�n la norma el monto de dicha asistencia no ser� menor al 20% del salario m�nimo.

"Entonces es importante que se conozca sobre esto porque s�lo se han conocido pocos casos de la asistencia a padres, en el caso de Cochabamba, Tarija y Santa Cruz, donde vimos que hay voluntad, pero antes de ir a un juez se puede acudir a la Defensor�a del Adulto Mayor de su municipio para que lo ayuden y si no funciona este mecanismo reci�n acudir a un juez", manifest�.

A�adi� que lo importante es que la poblaci�n conozca el tema e indic� que existen situaciones cr�ticas, en las que hay padres que son ultrajados o despojados de sus inmuebles y no son atendidos por sus hijos, por lo que esas personas creen que no tienen a alguien que los ampare.

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