Tribunal Electoral: Personas con identidades diferentes podrán emitir su voto en las elecciones judiciales
10/11/2017 - 17:15:36
La Paz, (ABI).- La presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, dijo el viernes que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) debe explicar cu�les son las restricciones en los derechos fundamentales para las personas con identidades diferentes por su g�nero y cu�les sus limitaciones y alcances en sus derechos pol�ticos al quitar el par�grafo dos del art�culo 11 de la Ley de Identidad de G�nero.
"En t�rminos de lo que se refiere a los derechos pol�ticos de la poblaci�n, tambi�n hay que recordar que todas las personas tenemos el derecho a elegir y ser elegidos, entonces estas competencias tendr�n que ser aclaradas y tendr� tambi�n el Tribunal Constitucional decir cu�les son las restricciones que est� especificando al quitar el par�grafo dos del art�culo 11", explic� en entrevista con radio Compa�era.
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declar� ayer inconstitucional el par�grafo II del art�culo 11 de la Ley de Identidad de G�nero, referida al ejercicio de los derechos fundamentales, pol�ticos, laborales, civiles, econ�micos y sociales de las personas que cambiaron de identidad de g�nero, entre ellos, el matrimonio.
En lo que se refiere a las personas de ese grupo que hayan cambiado su identidad y se hayan registrado en el padr�n electoral para emitir su voto en las elecciones judiciales, Uriona remarc� que podr�n emitir su derecho ciudadano porque el TSE cumple lo que la normativa vigente establece.
"Debemos aclarar que la ley no hace que esta decisi�n sea retroactiva, en lo que hace a la vigencia de la ley se ha implementado este registro de nuevas identidades y sobre ese registro tambi�n el padr�n ya ha consignado a las personas que van a emitir su voto", mencion�.
Seg�n explic�, ayer, el secretario general del TCP, �lvaro Llanos, tras el fallo dictado por esa instituci�n judicial "se puede cambiar todo en el carnet de identidad, pero no significa que se pueda contraer matrimonio entre un hombre y un transg�nero o una mujer y un transg�nero, porque se entiende que es un cambio de identidad".