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TAM opera sin una instancia que supervise sus vuelos comerciales




23/01/2018 - 07:48:52
Los Tiempos.- Pese a que Empresa P�blica Transporte A�reo Militar (EP-TAM) se encuentra en proceso de migraci�n a operaciones comerciales, que tramita su licencia ante la Direcci�n General de Aeron�utica Civil (DGAC), realiza vuelos comerciales, pero sin ser fiscalizada ni regulada por la Autoridad de Transportes y Telecomunicaciones (ATT) u otra instancia.

Actualmente, la empresa promueve los servicios de vuelos comerciales a trav�s de diferentes espacios y redes sociales, por lo que se consult� a la ATT y al Viceministerio de Defensa del Consumidor qu� oficina o despacho se responsabiliza de viabilizar denuncias de diferentes aspectos o en su caso considerar publicidad enga�osa.

La ATT no regula al TAM porque est� en proceso de certificaci�n ante la DGAC y el Viceministerio de Defensa del Consumidor no puede actuar de oficio porque, presumiblemente, el seguimiento a la empresa depende de la instancia reguladora de transporte y telecomunicaciones.

Esa fue la respuesta que dieron a Los Tiempos la oficina de Comunicaci�n de la ATT y el viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoza, lo que dejar�a en indefensi�n al usuario del servicio a�reo de la EP-TAM.

El 14 de diciembre de 2016, a trav�s del Decreto Supremo 3025, el Ejecutivo gubernamental determin� que TAM militar pase a ser una empresa p�blica, para lo que estipul� un tiempo para la adecuaci�n a la normativa t�cnica, regulatoria y dem�s disposiciones nacionales e internacionales de Aeron�utica Civil.

En tanto dure la adecuaci�n de la Empresa P�blica TAM, se le autoriz� operar bajo las regulaciones aeron�uticas de la Fuerza A�rea Boliviana (FAB), desarrollando actividades a�reas en diferentes zonas del territorio nacional para el transporte de pasajeros, carga y correo.

Lo que llama la atenci�n es la oferta de los vuelos comerciales que realiza a trav�s de diferentes redes sociales, por lo que consultamos al viceministro de Defensa del Consumidor, Guillermo Mendoza, si la empresa aeron�utica no estar�a �recurriendo al uso de publicidad enga�osa� para captar potenciales clientes, a lo que de manera tajante dijo que la misma tendr�a que ser regulada por la ATT.

�Todo lo que incumba a un sector regulado va a trav�s de sus autoridades competentes, obviamente los que tenemos un reglamento contra la publicidad enga�osa somos nosotros, pero la ATT tendr�a que solicitarnos a nosotros una �ltima postura�, explic� Mendoza.

Mediante cuatro decretos supremos, el Gobierno le ampl�a el plazo a la EP-TAM para que se adecue, el �ltimo de �manera excepcional� es hasta el 31 de julio de 2018.

Naves no certificadas

Bajo todos los antecedentes, la EP-TAM a�n opera bajo las regulaciones aeron�uticas de la Fuerza A�rea Boliviana (FAB) y desarrolla actividades a�reas en diferentes zonas del territorio nacional para el transporte de pasajeros, carga y correo.

Las aeronaves para el transporte de pasajeros no se encuentran en el Registro de Aeronaves Aprobadas para �Operar en Espacio A�reo� de la Direcci�n General de Aeron�utica Civil (DGAC).

Ante cualquier percance, los pasajeros civiles que vuelen en esas naves no tienen d�nde presentar sus quejas, toda vez que la empresa se encuentra bajo el r�gimen de regulaci�n militar.

�De todas maneras, los sectores regulados tienen sus propias defensas del consumidor que son las Odecos, entonces, el ciudadano podr�a hacer el reclamo a esa Odeco, con copia enviar a Defensa del Consumidor, pero ese es el problema cuando la pelota va a la cancha de una autoridad regulada, nosotros no tenemos otra cosa que ponernos a disposici�n para ayudar si es que ellos lo requieren�, dijo Mendoza.

�Ahora, claro, a m� �acot� el Viceministro� me parece perfectamente que puede entrar dentro de nuestro reglamento de publicidad enga�osa; sin embargo, para una acci�n necesariamente vamos a tener que apoyarnos en una autoridad competente�.

En el caso de la Empresa P�blica TAM, que a�n no cuenta con el certificado de operaciones de la DGAC y por lo tanto no entra en la regulaci�n de la ATT, �sta ofrece servicios comerciales a civiles sin que est�n bajo el paraguas de una regulaci�n que proteja sus derechos.



DECRETOS PARA SU ADECUACI�N

El 14 de diciembre de 2016, a trav�s del Decreto Supremo 3025, se determin� que TAM militar pase a ser una empresa p�blica para lo que estipul� un tiempo para la adecuaci�n a la normativa t�cnica, regulatoria y dem�s disposiciones nacionales e internacionales de Aeron�utica Civil.

Mediante el Decreto Supremo 3025, de 14 de diciembre de 2016, se dispone el plazo de 45 d�as calendario para que la EP-TAM se adecue. El 1 de febrero de 2017 se emite el DS 3074, que ampl�a el plazo en 150 d�as calendario.

Con el DS 3525, de 28 de junio de 2017, se ampl�a nuevamente el plazo hasta el 31 de diciembre pasado y al final de este se emite el DS 3444 con el plazo hasta el 31 de julio de 2018 para que concluya con su adecuaci�n.

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