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Arce distingue ocho elementos en fallo de Corte de La Haya favorables para Bolivia




09/10/2018 - 12:45:46
Los Tiempos.- Pese a la desestimaci�n de la demanda mar�tima en La Haya ministro de Justicia, H�ctor Arce, inform� que un an�lisis "estrictamente jur�dico", al fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya estableci� al menos ocho elementos favorables para Bolivia, aunque no involucre la obligaci�n de Chile de negociar una salida soberana al mar para los bolivianos.

Por 12 votos contra tres la Corte determin� desestimar la demanda que Bolivia interpuso contr Chile para ,a obligaci�n de negociar con Bolivia una salida soberana al oc�ano Pac�fico. La corte rabati� los argumentos bolivianos sin embargo estos son los puntos favorables seg�n Arce:

Primero, "la CIJ en su fallo sobre jurisdicci�n y tambi�n en su fallo sobre el fondo estableci� con claridad que Bolivia naci� a la vida republicana el a�o 1825 con una amplia costa sobre el oc�ano Pacifico".

Segundo, "la Corte decidi� en su fallo sobre la excepci�n preliminar de 2015 (p�rr. 50) que el Tratado de 1904 no resolv�a la cuesti�n del acceso soberano al mar, lo que significa que Chile no puede invocar ese Tratado para rehusarse a negociar..."

Tercero, "la Corte observa que Bolivia y Chile tienen una larga historia de di�logos, intercambios y negociaciones encaminadas a identificar una soluci�n adecuada al enclaustramiento de Bolivia, derivado de la Guerra del Pac�fico y el Tratado de Paz de 1904".

Cuarto, "la Corte insiste en que Chile ha expresado en repetidas ocasiones su voluntad de entablar negociaciones sobre el acceso soberano al mar (...). Incluso si ello no dio lugar a una obligaci�n de negociar, este es un elemento importante que puede ser utilizado a nivel diplom�tico o ante organismos no judiciales para afirmar que Chile prometi� encontrar una soluci�n a un problema cuya existencia ya no puede ser negada".

Quinto, "la Corte indica que, seg�n el propio Chile, la pol�tica chilena ha sido, durante muchos a�os, la de negociar acceso soberano al mar (...); en forma m�s amplia, todo el fallo revela claramente que durante un siglo, Chile consider� que deb�an realizarse negociaciones respecto del acceso soberano, incluyendo la Agenda de los 13 Puntos, que la Corte consider� suficientemente amplia, por el uso de los t�rminos "tema mar�timo" para "abarcar el asunto del acceso soberano de Bolivia al oc�ano Pac�fico"".

Sexto, "la Corte destaca ocasionalmente que esta disposici�n y aceptaci�n de entrar en negociaciones fue "pol�ticamente significativa"".

S�ptimo, "la Corte consider� en el p�rrafo 176, que a�n hay lugar para negociaciones "significativas", lo que constituye un claro rechazo al argumento de Chile en sentido de que no existir�an temas pendientes con Bolivia. La Corte en definitiva observa que su Fallo sobre el fondo no impide que las Partes "contin�en su di�logo e intercambios", y que lo hagan "en un esp�ritu de buena vecindad".

Octavo, "la Corte record� que, de conformidad con el derecho internacional, existe una "obligaci�n general de resolver las controversias de manera que se preserven la paz y la seguridad internacional" (...). La Corte no dice que esta obligaci�n no se aplique en el presente caso. Solo indica que esta obligaci�n de resolver disputas no implica una obligaci�n de negociar, ya que las partes pueden elegir otros medios de soluci�n ya que existe un tema pendiente entre las partes, que no ha sido resuelto con el Tratado de 1904"

Esa afirmaci�n de la Corte "abre el camino para que Bolivia pueda en el futuro utilizar los otros mecanismos no judiciales previstos en el Pacto de Bogot�, tales como la Investigaci�n y Conciliaci�n", remarca el art�culo del Ministro de Justicia divulgado por los medios de prensa.

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