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Alcaldía multó a Mi Teleférico por medio millón de bolivianos




17/10/2018 - 12:45:37
P�gina Siete.- La empresa Mi Telef�rico no pag� por las patentes de publicidad vial de la gesti�n 2016 y el Gobierno Municipal de La Paz catalog� la deuda en 553.007 bolivianos. La notificaci�n la hizo a trav�s de una publicaci�n que forma parte de su procedimiento de liquidaci�n edil, y todo el proceso podr�a derivar en la congelaci�n de sus cuentas.

Seg�n la publicaci�n municipal del 6 de octubre, la Alcald�a emiti� un listado de 1.386 personas y entidades que tienen deudas tributarias por �Patente a la Publicidad Vial y Patente a la Publicidad�. El 53% de la n�mina son personas naturales y el 47% personas jur�dicas, entre las que se encuentran cuatro empresas estatales entre las que figura como la mayor el telef�rico.

En el documento se detallan 79 �tems con el nombre de �Empresa Estatal de Transporte por cable Mi Telef�rico� con montos que van desde los 67.875 bolivianos hasta los 1.771, cuya suma total es poco m�s de medio mill�n de bolivianos. Este monto corresponde al Tributo Omitido, el Inter�s, y la Multa por Incumplimiento a Deber Formal.

La anterior semana, P�gina Siete intent� conocer cu�l es la versi�n de la empresa estatal, pero desde su oficina de comunicaci�n no se emiti� ninguna respuesta pese a la insistencia.

El jefe de la Unidad de Planificaci�n y Control Fiscal de la Administraci�n Tributaria Municipal (ATM), Juan Carlos Ross, inform� que las mismas tendr�n que cancelar su impuesto con el 100% de multa por incumplimiento de pago.

�En esta lista est�n todos los contribuyentes que tienen adeudos tributarios. Son 1.386 contribuyentes que tienen deudas por este concepto, entre personas particulares, personas jur�dicas y otro tipo de empresas. (�) Pueden hacer todav�a planes de pago�, afirm� Ross.

La publicaci�n de la lista de deudores por publicidad urbana est� prevista en el C�digo Tributario como una forma de recuperar la mora. Se debe realizar dos publicaciones, la primera se efectu� el 6 de octubre y la segunda ser� el 21 de este mes.

El director de administraci�n Tributaria Municipal, Ram�n Servia, inform� que al quinto d�a de esta segunda publicaci�n si no se presenta el contribuyente se lo da por notificado. �A partir de esa notificaci�n, el contribuyente tiene los plazos establecidos por ley para impugnar a trav�s de Autoridad de Impugnaci�n Tributaria o ingresar a un proceso contencioso�, declar�.

El ejecutivo afirm� que �posteriormente� se convierte un t�tulo de ejecuci�n y �la administraci�n tributaria puede tomar medidas como la retenci�n de fondos y otros para lograr la recuperaci�n de la deuda�.

Seg�n un bolet�n municipal, adem�s la norma nacional establece otras acciones coactivas para recuperar las deudas tributarias, �como la hipoteca del bien inmueble, el secuestro de veh�culos, retenci�n de placas y la prohibici�n de la venta de combustible�.

Procedimiento de pago

Seg�n la Alcald�a pace�a, los contribuyentes que tienen deudas tributarias por publicidad urbana a�n pueden solicitar un plan de pagos hasta el 21 de octubre, fecha en la que se sacar� una segunda publicaci�n, a�adi� el jefe de la Unidad de Planificaci�n y Control Fiscal de la Administraci�n Tributaria.

Para cumplir con esta obligaci�n tributaria y pedir un plan de pagos, los contribuyentes deben solicitar su liquidaci�n (proforma del total de la deuda) en la plataforma de Atenci�n Ciudadana de Publicidad Urbana, ubicada en el tercer piso del edificio Fides, que se encuentra en la avenida Sucre del centro de La Paz. Luego deber�n aproximarse a cualquier entidad financiera a cancelar la deuda.

Por su parte, el director de administraci�n Tributaria Servia, inform� que la estatal, como cualquier otra firma, debe cancelar el tributo. �Es una empresa que debe pagar una patente. Es una empresa y no una entidad p�blica�, dijo.

Luego aclar� que no se tratan de procesos de fiscalizaci�n, sino de un proceso de �no pago�. �Cuando uno saca su patente, se le proporciona una licencia de funcionamiento y se le comunica que al cumplir su primer a�o debe renovarse. Cuando se ha vencido este plazo y no se ha realizado el pago se hacen las publicaciones y posteriormente se inicia el proceso�. Este tributo se cobra por cualquier publicidad expuesta, seg�n la Norma Edil 217.

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