Romero confirma que el Conare rechazó solicitud de refugio de Battisti
14/01/2019 - 12:46:46
P�gina Siete.- El ministro de Gobierno, Carlos Romero, confirm� hoy que la Comisi�n Nacional para los Refugiados (Conare) rechaz� la solicitud de refugio presentada por el ultraizquierdista italiano Cesare Battisti, con sentencia de cadena perpetua en su pa�s de origen, y por eso 2el Ejecutivo decidi� expulsarlo del pa�s con el argumento de que ingres� al pa�s de manera irregular.
�El 21 de diciembre (de 2018) se hab�a solicitado (el refugio), y el 26 de diciembre se respondi� con la denegaci�n de la solicitud�, dijo Romero en contacto con los medios de comunicaci�n.
Al hab�rsele negado el refugio a Battisti, Romero dijo que para expulsarlo del pa�s y entregarlo a las autoridades italianas, �simplemente hemos aplicado un procedimientos migratorio, dado que no se hab�a registrado un ingreso legal al pa�s�.
�Considerando que el Conare hab�a rechazado una solicitud de refugio, y habiendo una alerta roja de la Interpol, lo que se ha hecho es aplicar el procedimiento correspondiente�, se�al� Romero.
La decisi�n del Gobierno fue tomada en contra de lo que se�ala el art�culo 31 de la Convenci�n sobre el Estatuto del refugiado, que indica: �Los Estados Contratantes no impondr�n sanciones penales, por causa de su entrada o presencia ilegales, a los refugiados que, llegando directamente del territorio donde su vida o su libertad estuviera amenazada en el sentido previsto por el art�culo 1, hayan entrado o se encuentren en el territorio de tales Estados sin autorizaci�n, a condici�n de que se presenten sin demora a las autoridades y aleguen causa justificada de su entrada o presencia ilegales�.
La decisi�n del Gobierno fue criticada por autoridades, exautoridades y hasta militantes de la l�nea dura del partido Movimiento al Socialismo, quienes lamentaron, entre otras cosas, la vulneraci�n de derechos del italiano.
Seg�n el art�culo 6 del Reglamento a la Ley N� 251 de Protecci�n a Personas Refugiadas, aprobada por el gobierno, la expulsi�n de personas refugiadas o solicitantes de tal condici�n �proceder� �nica y excepcionalmente por razones de seguridad del Estado o de orden p�blico�.
Adem�s, en atenci�n al debido proceso, en forma previa, �la CONARE convocar� a la persona refugiada o solicitante de tal condici�n a una audiencia, a fin de que pueda presentar pruebas exculpatorias, declaraciones, aclaraciones o justificativos que considere convenientes�.
Evaluado el caso, agrega, se emitir� la resoluci�n correspondiente, que ser� debidamente fundamentada y �pasible de recurso de impugnaci�n ante la Comisi�n de Impugnaci�n�.
En caso de que procediera la expulsi�n, se lee en el reglamento, �se otorgar� al refugiado un plazo razonable para gestionar su admisi�n legal en un tercer pa�s, donde no peligren su derecho a la vida, libertad y seguridad�.