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Cancillería dice que fallo al Amparo Constitucional de Belaunde se tramitó de forma inusual e ilegal




31/03/2015 - 07:34:45
La Canciller�a del Estado difundi� el lunes por la noche un comunicado de prensa en el que consider� que el fallo emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz tramit� de forma inusual e ilegal la Acci�n de Amparo Constitucional promovida por el ciudadano peruano Mart�n Antonio Belaunde Lossio.

A continuaci�n el comunicado de la Canciller�a del Estado:

Comunicado de Prensa

La Comisi�n Nacional del Refugiado (CONARE) del Estado Plurinacional de Bolivia lamenta referirse al funesto fallo judicial dictado el pasado viernes 27 de marzo por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a cargo de Ramiro L�pez Guzm�n y Ricardo Chumacero T�rrez, dentro de la Acci�n de Amparo Constitucional promovida por el ciudadano peruano Mart�n Antonio Belaunde Lossio.

Dicha acci�n constitucional se tramit� de forma inusual e ilegal, fue suspendida en tres ocasiones consecutivas, violando los principios de inmediatez, prohibici�n de suspensi�n y seguridad jur�dica, se fragu� un supuesto error de notificaci�n para garantizar la presencia del abogado apoderado Valda en la audiencia y, como corolario, en una supuesta deliberaci�n de menos de una hora, a pesar de la complejidad del asunto y la voluminosa prueba ofrecida por las partes, la oscura Sala Penal Primera declar� procedente el Amparo con una pobre y forzada fundamentaci�n y sin valorar toda la informaci�n, documentaci�n y jurisprudencia vinculante presentada por las autoridades accionadas, como la Sentencia Constitucional Plurinacional N� 0724 de 10 de abril de 2014, dictada en un caso an�logo, el a�o 2014, en ocasi�n de un amparo interpuesto por otro ciudadano peruano contra los miembros de la CONARE y reclamando los mismos actos u omisiones e iguales derechos supuestamente vulnerados.

En aquella oportunidad, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a trav�s de su Sala Civil y Comercial Segunda deneg� la tutela y el Tribunal Constitucional Plurinacional confirm� tal decisi�n, sentando una l�nea jurisprudencial obligatoria que la Sala Penal Primera omiti� deliberadamente aplicar y respetar en este caso. Constituy�ndose as� de forma ilegal y en franca usurpaci�n de funciones en un Tribunal de tercera instancia, revisor en el fondo, de dos fallos dictados por la �nica instancia competente para determinar de forma independiente y soberana la condici�n de refugiado de cualquier persona extranjera (la CONARE).

No solo se afect� sensiblemente la institucionalidad, solvencia y prestigio de la CONARE BOLIVIA, obtenida despu�s de m�s de 30 a�os de arduo trabajo y coordinaci�n constante con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), adem�s se desacredit� y desnaturaliz� su genuino rol, alterando intencionalmente su �mbito leg�timo de atribuciones.

Se puso en tela de juicio casi 1000 fallos dictados por la CONARE a la fecha, dejando en la incertidumbre a igual n�mero de personas beneficiarias de la condici�n de refugiados. Independientemente que el Tribunal Constitucional Plurinacional puede remediar este exabrupto y exceso judicial, la CONARE a tiempo de recibir la notificaci�n con la Resoluci�n cuestionada, ama�ada y preparada mucho antes de la audiencia, promover� ante el Ministerio Publico, las acciones penales correspondientes por los delitos de Prevaricato, Resoluciones contrarias a la Constituci�n y las Leyes, Incumplimiento de Deberes y Otros, sin perjuicio de exigir al Consejo de la Magistratura, las sanciones disciplinarias que correspondan.

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