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TSE establece prohibiciones y sanciones para el referendo




05/02/2016 - 05:19:11
PAGINA SIETE.- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) estableci� ayer nueve prohibiciones -a trav�s de la resoluci�n N� 051/2016- con sanciones econ�micas, detenciones y arrestos para garantizar la realizaci�n del referendo constitucional.

Una de las primeras es la prohibici�n del expendio o el consumo de bebidas alcoh�licas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento p�blico o privado 48 horas antes del 21 de febrero y 12 horas despu�s. La multa para los propietarios o administradores es de 8.280 bolivianos y para los ciudadanos es de 828 bolivianos.

Desde el 17 de febrero hasta las 18:00 del 21 de febrero se proh�be cualquier forma de manifestaci�n p�blica de apoyo por cualquiera de las opciones de consulta. Las multas son equivalentes a cinco d�as del salario m�nimo nacional para personas individuales; de hasta 50 salarios m�nimos nacionales para personas colectivas, organizaciones sociales y colegiadas, y con 100 salarios m�nimos nacionales para las organizaciones pol�ticas.

Por 24 horas, durante el 21 de febrero, est� prohibido el uso de armas de fuego, armas punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos. Quienes infrinjan pagar�n una multa de 3.312 bolivianos sin perjuicio del decomiso de las armas portadas y remisi�n al Ministerio P�blico.

Asimismo, no se podr�n realizar actos, reuniones o espect�culos p�blicos de cualquier tipo el 21 de febrero. La multa asciende a 3.500 bolivianos.

Adem�s, el traslado de ciudadanos de un recinto electoral a otro por cualquier medio de transporte est� restringido. Se remitir�n antecedentes de los infractores al Ministerio P�blico.

Tambi�n se suspender� el funcionamiento de todas las l�neas del telef�rico.

La quinta prohibici�n por 24 horas es la suspensi�n de los viajes interdepartamentales e interprovinciales. No podr�n salir vuelos desde ning�n lugar del pa�s, los �nicos que quedan libres de esta restricci�n son los vuelos internacionales.
La s�ptima limitaci�n s�lo por ese d�a es para la circulaci�n de veh�culos particulares, oficiales o de servicio p�blico.

Excepto los autom�viles que porten la autorizaci�n extendida por el TSE o los tribunales electorales departamentales (TED).

Los que deben recurrir al TSE para obtener la autorizaci�n son las autoridades jer�rquicas de los �rganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial; el Ministerio P�blico, los jefes de misiones diplom�ticas acreditados y las misiones de observaci�n electoral internacional. El resto debe acudir a sus TED respectivos.

Ninguna de las prohibiciones se extiende a los vocales del TSE o de los TED, tampoco a los miembros de las misiones electorales internacionales, ni a los polic�as y militares que cumplan funciones ese d�a.

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