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Reglamento de tenencia de perros peligrosos tiene 18 prohibiciones




30/04/2016 - 06:56:55
OPINION.- El reglamento de tenencia de perros peligrosos que fue puesto en vigencia desde ayer en el municipio de Cochabamba se�ala 18 prohibiciones. La norma rige a dos meses del fallecimiento de Mar�a Luz Molle G�mez, quien fue atacada por tres perros pitbull mientras lavaba la ropa de los due�os de los animales.

La Alcald�a elabor� la normativa para dar cumplimiento a la Ley de Tenencia de Perros Peligrosos para la Seguridad Ciudadana (553) que establece responsabilidades, prohibiciones y sanciones para los propietarios de los animales peligrosos.

Entre las restricciones m�s importantes est�n la prohibici�n de la crianza de estos canes, para la reproducci�n y la venta de cachorros de manera clandestina y para peleas. Tampoco se permite su venta a menores de 16 años y personas con discapacidad.

No se admiten las peleas de perros peligrosos ni malos tratos o actos crueles en su contra.

Las personas que no tengan el conocimiento, capacidad, condiciones de espacio y econ�micas para hacerse cargo de los animales no tendr�n autorizaci�n de tenencia.

No se permite la presencia de los perros peligrosos, en lugares de alta concentraci�n de personas, como parques de recreaci�n, lugares de actividad comercial y otros. No se los puede sacar a pasear en los d�as del peat�n ni dejarlos en �reas comunes de los inmuebles.

Los animales peligrosos est�n prohibidos de salir a la calle sin correa y bozal, adecuados para su raza. No deben ser entrenados en parques, jardines ni canchas deportivas.

Los propietarios no deben abandonar a los canes peligrosos. En estos casos, el propietario es responsable por cualquier da�o ocasionado.



RESPONSABLES La normativa se�ala que los responsables de hacer cumplir el reglamento son el Centro Municipal de Zoonosis (Cemzoo), dependiente de la Alcald�a, la Polic�a Departamental y los grupos de protecci�n de los animales. Hasta el jueves, la tarea era exclusiva de Zoonosis, instituci�n que cuenta con solo cinco funcionarios para cumplir con sus actividades. Esta unidad ser� la encargada del registro de las mascotas y sus propietarios. Tambi�n debe hacerse cargo de la recepci�n de animales que han sido entregados voluntariamente, cualquiera sea el motivo. Deben mantenerlos con vida y darles la atenci�n adecuada a los mismos durante tres d�as.

La Polic�a participa a trav�s del Centro de Adiestramiento de Canes del Comando Departamental de la Polic�a Boliviana, donde se extender� la autorizaci�n, previa evaluaci�n del perro peligroso y del propietario.

Los grupos de voluntarios, quienes deben presentar su Personer�a Jur�dica a Zoonosis, podr�n desempe�ar funciones de cooperaci�n a trav�s de campañas de educaci�n, difusi�n y concientizaci�n sobre la tenencia responsable de perros peligrosos y control de la poblaci�n canina.
Due�os asumen responsabilidad

Los propietarios de los perros peligrosos que hayan causado da�os a terceros son pasibles a responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales, impuestas por la v�a judicial, mediante sentencia ejecutoriada. Tambi�n deben resarcir los perjuicios que causen sus mascotas a las personas, a otros animales, a los objetos y a las v�as p�blicas. Deben reponer o abonar los gastos para reparar los da�os causados por el animal.

La regla se aplica a todas las personas naturales o jur�dicas que sean propietarias, poseedoras o custodias de perros peligrosos, salvo aquellos que pertenecen a las Fuerzas Armadas o a la Polic�a. En estos casos, la crianza de los guardianes tiene la finalidad de precautelar la seguridad ciudadana y prevenir agresiones a las personas, proteger su vida e integridad f�sica y sus bienes.

http://opinion.com.bo/opinion/articulos/2016/0430/noticias.php?id=189023

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