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Todo lo que tienes que entender del polémico decreto que violaría la privacidad de las personas




30/08/2017 - 16:05:32
Emol.- Las alertas se dispararon esta semana luego de que se conociera un decreto ingresado a la Contralor�a General de la Rep�blica por el gobierno para modificar el reglamento sobre interceptaci�n de comunicaciones telef�nicas y otras formas de comunicaci�n.

El documento, que ha sido acusado de inconstitucional, propone -entre otras cosas- ampliar el tipo de los datos recolectados por las compa��as de telecomunicaciones y el plazo de almacenamientos de estos mismos. Pero, �qu� significa esto realmente? El decreto, que cuenta con las firmas de la Presidenta Michelle Bachelet, y los ministro del Interior (s), Mahmud Aleuy; Transportes y Telecomunicaciones, Paola Tapia; y Justicia, Jaime Campos. Establece que las compa��as deber�n guardar los datos de sus clientes durante un periodo de dos a�os, algo que el C�digo Penal s�lo establece por un a�o, plazo que ya fue ampliado de un original de seis meses producto de las investigaciones por casos de pedofilia.

Sin embargo, la situaci�n que m�s alerta ha causado es la posibilidad de acceder a esta informaci�n sin la necesidad de una orden judicial emitida por el Tribunal correspondiente. As� lo detalla Pablo Viollier, analista de pol�ticas p�blicas de la ONG Derechos Digitales: "El C�digo [Penal] es expreso en que para interceptar una comunicaci�n, seg�n el art�culo 222, se requiere una orden judicial. Pero no lo dice expresamente respecto del acceso a los metadatos [...] En el decreto s�lo se exige la orden judicial respecto de la interceptaci�n, pero no del acceso a los metadatos". Esta falta de rigurosidad en la redacci�n del decreto es lo que preocupa a los expertos. Ante esto, cabe la duda de qu� son realmente los metadatos y a qu� tipo de informaci�n tiene acceso la compa��a.

Para eso, Emol convers� con la directora del Instituto Data Science de la Facultad de Ingenier�a de la Universidad del Desarrollo, Loreto Bravo, quien explica estos detalles. "Lo que en la ley est�n poniendo que quieren que las compa��as guarden es: los datos del titular, las llamadas, que obvio que las almacenan ya, porque son lo que usan para cobrar, la informaci�n de los SMS, la antena a la que se conect� y comenz� a utilizar datos, por ejemplo, si yo uso una aplicaci�n como Waze, me conecto a una antena y comienzo a bajar datos, entonces la informaci�n de cu�ntos kilobytes se bajaron".

"Obviamente si tengo estos datos, aunque sean pocos, los hago disponible, ser�a una violaci�n a la privacidad de las personas gigantesca, pero nadie est� pensando en liberar los datos, esos datos est�n guardados bajo diez llaves. Los procedimientos y protocolos que hay para proteger esos datos, son vitales dentro de las empresas de telecomunicaciones y se necesita una orden judicial", comenta la experta. Es ah� la importancia de esta solicitud dentro del decreto que Viollier denuncia.

Los datos que se pueden obtener Ante esto, Bravo asegura que se deben calmar algunas cosas, "esto que hablan de guardar los datos de comunicaciones como WhatsApp y cosas por el estilo, hay cosas que son t�cnicamente imposible", y agrega que se "habla mucho de la informaci�n georreferenciada. Lo que pasa es que cuando uno hace una llamada, se conecta a una antena y lo que se guarda es la antena a la que uno se conect�. Esa informaci�n es necesaria guardarla porque cuando emiten las boletas hay informaci�n necesaria que tiene que guardar el cobro, pero es a nivel de antena". "Los celulares no pueden guardar la informaci�n de GPS, al menos en Chile no.

O sea, la informaci�n que se guarda, es la de antenas. No la informaci�n de la ubicaci�n exacta de la persona. No es como la informaci�n que tiene Google Maps, o la que tiene Spotify", asegura la experta y agrega: "Si est�n asustando con esto, deber�an estar aterrados de usar Facebook". Si bien desde Derechos Digitales aseguran que la ampliaci�n de los tipos de datos que se pueden solicitar por parte de la fiscal�a a las compa��as de telefon�a se ampl�an en el decreto bajo la descripci�n de "comunicaciones telef�nicas, SMS, MMS, mensajes a trav�s de diversas aplicaciones de internet, direcciones IP, URLs y/o direcciones de correo electr�nico, entre otros", existen datos que estas empresas no tienen posibilidad de obtener. Entre ellos, se encuentran precisamente las conversaciones por WhatsApp.

"En el caso de la tecnolog�a m�s avanzada que permitiese obtener la informaci�n de las p�ginas web que una persona visita. Eso da acceso a saber que una persona, a tal hora, utiliz� WhatsApp, pero yo s�lo s� que utiliz� la aplicaci�n. Los datos de WhatsApp est�n encriptados. O sea, yo no s� ni qu� mensaje mand� ni a qui�n le escribi�. S�lo se sabe que se utiliz� la aplicaci�n", detalla Bravo. La inconstitucionalidad de la norma Si algo llama la atenci�n en la forma de proceder de este decreto es precisamente el camino que el gobierno tom� para modificar este reglamento que est� estipulado en el art�culo 222 del C�digo Penal. Por esto, desde Derechos Digitales denuncian que "aqu� hay un esp�ritu de saltarse la discusi�n democr�tica que requiere este tipo de regulaciones".

"Se est� excediendo la facultad legal de la potestad reglamentaria del Presidente de la Rep�blica. Los reglamentos son cuerpos jur�dicos que implementan aspectos procedimentales e instrumentales de la ley, es para los detalles, pero no es para generar nuevas obligaciones ni para contradecir la ley", explica a Emol, Pablo Viollier. El documento que est� en Contralor�a desde el 4 de agosto s�lo basta que sea tomado en raz�n por parte del Contralor General de la Rep�blica para que este sea publicado y comience a regir en el pa�s. Proceso que es considerado inconstitucional por el camino de la tramitaci�n para cambiar algo que, hoy por hoy, es materia de ley.

Es por esto, que Derechos Digitales present� "un escrito jur�dico en que damos cuenta de nuestra posici�n y nuestros argumentos para que el contralor tenga a la vista al momento de decidir y en el fondo no tome raz�n del decreto en atenci�n a que se est�n excediendo las facultades del poder Ejecutivo".

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