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Surge polémica por norma que libera de cárcel por pensiones




19/10/2017 - 08:45:25
P�gina Siete.- La aprobaci�n del art�culo 198 del proyecto de C�digo del Sistema Penal, que "libera de c�rcel en primera instancia� a los padres que incumplen el pago de asistencia familiar por dos veces continuas o tres discontinuas, caus� pol�mica y cr�ticas. Un asamble�sta opositor y una activista coincidieron que dicha norma no protege a los ni�os y a las mujeres.

Seg�n el art�culo 198 del proyecto del C�digo del Sistema Penal, aprobado el martes, "la persona que, estando obligada legalmente a pagar una asistencia familiar y teniendo la posibilidad econ�mica de hacerlo, incumpla el pago por m�s de dos veces consecutivas o tres veces discontinuas ser� sancionada con reparaci�n econ�mica en cuya determinaci�n no podr� ser menor al doble de la asistencia devengada y cumpliendo de instrucciones judiciales�.

Para el diputado opositor del Movimiento Dem�crata Social, Tom�s Monasterio, el MAS "maquilla� la aplicaci�n de este art�culo porque en el fondo "no cambia nada y beneficia� al infractor. "Hay que entender el punto cr�tico del asunto porque no se puede dar m�s tiempo para pagar la pensi�n o ser permisible. Un ni�o o ni�a no puede esperar dos meses en su necesidad de estudiar, de comer o estar sano�, agreg�.

La periodista y feminista Patricia Flores dijo que cuando hay una paternidad irresponsable, "la responsabilidad total de la crianza, cuidado y mantenci�n de los hijos recae sobre la mujer abandonada. Esto trae consecuencias para la sociedad�.

"Los operadores de justicia, desde su perspectiva machista y patriarcal, tienden a desfavorecer a las mujeres sin ver el bien mayor que es velar por los ni�os y ni�as. Esperemos que la aprobaci�n de este art�culo haya sido consensuada�, agreg� Flores.

El martes, la diputada del MAS, Susana Rivero, expres� que la norma busca que se cancele la pensi�n. "No nos interesa que el hombre o la mujer vaya a la c�rcel por venganza, aqu� importa que paguen, por eso la principal sanci�n es la reparaci�n econ�mica�, agreg�, seg�n una nota de prensa de la C�mara de Diputados.

El art�culo 198 del proyecto de C�digo del Sistema Penal busca que la sanci�n sea reparadora, al contrario del actual c�digo, que en su art�culo 249 establece privaci�n de libertad directa para dicho incumplimiento, de seis meses a dos a�os, seg�n la nota.

La l�der de Mujeres Creando, Mar�a Galindo dijo que es "atinado� que un hombre que no cumpla con el pago de las pensiones luego deba cancelar el doble. Sin embargo, lament� que el sistema judicial sea burocr�tico y demore en dictar sentencia por casos de asistencia familiar. "Nosotras este a�o hemos cobrado al ministro Eugenio Rojas 25.000 bolivianos por dos a�os de demora en el pago de pensi�n. En ese tiempo �l no estuvo en la c�rcel�, acot�.

Galindo cont� que Mujeres Creando reciben 10 denuncias diarias por incumplimiento de asistencia familiar.

Este medio llam� a los celulares de las diputadas del MAS Betty Ya�iquez, Sandra Cartagena y Alicia Villarpando para conocer sus opiniones sobre el art�culo 198. Las asamble�stas evitaron dar declaraciones.

"Es contraria a todas las disposiciones legales�
Punto de vista
WILDING PANIQUE,
Abogado penalista

Lamentablemente la modificaci�n a las disposiciones legales, en vigencia, se est� produciendo sin ninguna base ni fundamento doctrinal.

Sin embargo, la modificaci�n (del art�culo de asistencia familiar) no justifica la penalizaci�n de algunas circunstancias que hacen al incumplimiento de las obligaciones familiares porque ya se encuentran sancionadas con la privaci�n de libertad. Es decir, si ahora se pretende duplicar o sancionar con una multa el incumplimiento de las obligaciones familiares, esta figura legal es contraria a todas las disposiciones legales y a los tratados internacionales porque no es posible penalizar algunas conductas que representan simplemente el incumplimiento de las obligaciones de un padre de familia, curador o esposo.

Esta norma establece que, ante el incumplimiento del pago de la asistencia familiar, el juez est� en la obligaci�n de expedir mandamiento de apremio en contra del padre o esposo que no cumple con su obligaci�n. Es decir esa es la sanci�n que impone la ley y que de manera impositiva obliga al padre o tutor a pagar la pensi�n a favor del ni�o o ni�a.

Sin embargo, imponer una multa en el caso de incumplimiento representa un abuso y un problema al interior de una familia porque si un padre no puede pagar, por ejemplo, 500 bolivianos, �de d�nde va a sacar 1.000 para cumplir con su obligaci�n? Es decir las sanciones son desmedidas. Esta medida posteriormente va a ser objeto de recursos constitucionales que permitir�n sin efecto estas arbitrariedades que se vienen produciendo en el �rgano Legislativo.


Art�culo 198 del C�digo Penal

(Incumplimiento de deberes de asistencia familiar).

La persona que, estando obligada legalmente a pagar una asistencia familiar y teniendo la posibilidad econ�mica de hacerlo, incumpla el pago por m�s de dos o tres veces discontinuas ser� sancionada con reparaci�n econ�mica en cuya determinaci�n no podr� ser menor al doble de la asistencia devengada y cumplimiento de instrucciones judiciales.

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