- #Especiales
- 2025-03-29
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La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) facilitará las consultas y trámites de los asegurados en el sistema de pensiones a nivel nacional de manera rápida y transparente, mediante la habilitación de la plataforma web de la entidad para hacer revisiones de dictamen o formularios por invalidez, que usualmente son procesos en segunda instancia y que ahora pueden ser monitoreados desde cualquier punto del país.
“Lo que buscamos con estos nuevos mecanismos es mejorar la atención de los ciudadanos, accediendo a información de manera rápida y transparente a través de la página web www.aps.gob.bo, coadyuvando a que distribuyan mejor su tiempo, pues podrán consultar el curso de su trámite desde su casa o lugar donde se encuentren. Como entidad seguimos trabajando para los asegurados integrando nuevas funcionalidades y accesos tecnológicos de fácil manejo”, destacó la directora ejecutiva de la APS, María Cruz, según una nota de prensa.
A su vez, se informó que este sistema de revisión de dictámenes de invalidez y muerte del Tribunal Médico Revisor de la APS también se encuentra en el sitio web.
Cruz informó que, paralelamente, se habilitaron kioscos de consultas en las plataformas de atención al ciudadano en oficinas de la APS en Santa Cruz y La Paz, con la finalidad de que los asegurados accedan a la consulta de trámites de revisión de dictámenes en curso, de manera fácil y rápida.
La autoridad recordó a los empleadores registrados en el Sistema Integral de Pensiones (SIP) la importancia de efectuar el pago mensual de las primas por riesgos profesional y riesgo común de todos los dependientes, porque con el pago de las mismas, conforme a la normativa vigente, ofrece protección social para proveer ingresos en caso de discapacidad por invalidez o fallecimiento de las personas.
“La pensión por invalidez es un derecho previo al cumplimiento de requisitos establecidos en la ley para asegurados menores de 65 años de edad que sean fuentes principales de ingreso de una familia que, a consecuencia de enfermedad o accidente, sufran una pérdida permanente e irreversible de su capacidad de trabajo o la pensión por muerte para los derechohabientes”, resalta el comunicado.