Viernes 10 de enero 2025

Los votantes serán los mismos que para la Constituyente

CNE ordena que no haya depuración del padrón electoral para el revocatorio

La Paz
        La sala plena de la Corte Nacional Electoral (CNE) emitió este miércoles la Resolución Nro. 069/2008, en la que comunica que no existe ninguna disposición para que las Cortes Departamentales Electorales (CDE) realicen la depuración del Padrón Electoral.

       También instruye que las cortes departamentales electorales deben ordenar a los Notarios Públicos a que cumplan con su trabajo.



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La Paz
        La sala plena de la Corte Nacional Electoral (CNE) emitió este miércoles la Resolución Nro. 069/2008, en la que comunica que no existe ninguna disposición para que las Cortes Departamentales Electorales (CDE) realicen la depuración del Padrón Electoral.

       También instruye que las cortes departamentales electorales deben ordenar a los Notarios Públicos a que cumplan con su trabajo.

       En estricto cumplimiento del inc. f) del Art. 70 del Código Electoral, no existe ninguna disposición de la Corte Nacional Electoral para depurar a los ciudadanos no votantes en la presente gestión, en vista de que desde la gestión 2006 no se ha realizado ningún proceso electoral de carácter general o municipal, asegura la CNE.

        El inciso f del artículo 70 del Código Electoral establece que “los ciudadanos que no sufragaron en la última elección general o municipal, serán depurados por la Corte Nacional Electoral”.

       A lo señalado anteriormente, la última depuración de no votantes que realizó el organismo electoral fue después de la elección de representantes a la Asamblea Constituyente, el 2006.

       Además, la resolución instruye a las cortes departamentales que “ordenen y recuerden a los Notarios Electorales de su jurisdicción, la obligatoriedad del cumplimiento de sus funciones establecidas en los Arts. 42 al 45 del Código Electoral, por lo que deben abrir sus Notarias Electorales, atender los días y horas señalados en los domicilios indicados, en vista que el 8 de junio se cierra la fecha de inscripción para el Referéndum Revocatorio de Mandato Popular”.

      La resolución de la Sala Plena está firmada por el presidente de la CNE, José Luis Exeni; Jerónimo Pinheiro, vicepresidente; Amalia Oporto, vocal, y José Marcos Uría, secretario de Cámara de la CNE.


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