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Presentan proyecto de Ley para eliminar el IVA en los servicios básicos




01/02/2016 - 19:01:12
Los parlamentarios dem�cratas Carlos Pablo Klinsky y Eliane Capobianco, junto al vicepresidente de la Federaci�n de Juntas Vecinales (Fejuve), Walthy Eguez Paz, presentaron un proyecto de ley para eliminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Transacciones (IT) en las facturas de agua potable, alcantarillado, gas domiciliario, servicio postal y telecomunicaciones.

�Hemos visto con los vecinos la necesidad de eliminar el IVA y el IT en sus facturas de servicios b�sicos, toda vez que estos est�n considerados en la Constituci�n Pol�tica del Estado (CPE) como un derecho humano que tienen todos los ciudadanos bolivianos�, explic� el senador Carlos Pablo Klinsky.

A su vez, la diputada Eliane Capobianco indic� que dentro de la factura que pagan los vecinos un 13% aproximadamente es por concepto de IVA y 3% por IT. �Nuestra propuesta es que se eliminen estos cobros porque se tratan de impuestos definidos para temas comerciales y de producci�n, pero la CPE dice que todos estos servicios (luz, agua, telecomunicaciones y gas) son b�sicos y deben tener un precio justo�, expres� la legisladora.

El senador Klinsky agreg� que el proyecto, que fue socializado con las juntas vecinales, ser� presentado el martes en La Paz, en la Asamblea Legislativa Plurinacional, y que es el primero de una serie de proyectos que se est�n puliendo para beneficiar a los sectores m�s desprotegidos de la poblaci�n.

�Vamos a llevar el proyecto a la Central Obrera Departamental (COD) y a la Central Obrera Boliviana (COB) para socializar esta ley. Y vamos a ver (en la Asamblea) a qu� intereses responde el MAS� si a los del pueblo boliviano o si seguir� privilegiando a algunas empresas que se benefician con estos cobros�, se�al� el parlamentario Dem�crata.

A su turno, Eguez Paz remarc� que �el proyecto no excluye a nadie, pero beneficia sobre todo a los que menos tienen�.

Justificativos
* La CPE establece como uno de los Derechos Fundamentales de toda persona el acceso universal y equitativo a los servicios b�sicos de agua potable, alcantarillado, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.

* El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos, no son objeto de concesi�n ni privatizaci�n y est�n sujetos a r�gimen de licencias y registros conforme a ley.

* Que, en t�rminos econ�micos, Valor Agregado es el valor adicional que adquieren los bienes y servicios al ser transformados durante el proceso productivo.

* Que el IVA es un impuesto que grava �nicamente el valor a�adido en cada fase de los procesos de producci�n y distribuci�n.

* Que, para el Estado, el IVA, como una forma recaudatoria, tiene lugar en la compra de bienes y servicios sobre el consumidor final.

* Que se entiende por consumidor final al individuo que requiere satisfacer cierta necesidad a trav�s de la compra u obtenci�n de determinados productos, para lo cual debe llevar a cabo alg�n tipo de operaci�n econ�mica.

* Que el servicio que prestan la cooperativas, de llevar el agua, luz o telefon�a fija hasta el domicilio del socio, no implica una transferencia de dominio del bien, en este caso dado que las cooperativas no son due�as de los bienes de servicio y el usuario tampoco no pudiendo darse ninguna figura de car�cter comercial, desterrando as� el concepto de propiedad y transferencia.

* Que el traslado del agua potable, luz o telefon�a fija hasta el domicilio del socio genera un costo o una sumatoria de gastos y no as� utilidades ni beneficios debiendo el mismo necesariamente ser recuperado para continuar atendiendo la demanda creciente de los socios.

* Que, la Ley General de Sociedades Cooperativas, en su articulo 1� par�grafo 4 establece que �el objetivo de la sociedad no es el lucro, sino la acci�n conjunta de los socios para su mejoramiento econ�mico y social y para extender los beneficios de la educaci�n cooperativa y la asistencia social de toda la comunidad�.

* Que, por su car�cter de cooperativa el socio reembolsa el costo o sumatoria de gastos calculado para efectos contables en unidades utilizadas en que ha incurrido la Cooperativa por el servicio de prestar el servicio hasta su domicilio no teniendo por tanto car�cter comercial ni lucrativo, dado que esta estructura de costos no contempla utilidades ni beneficio alguno particular como manda la Ley de Cooperativas, por lo que carece de un Valor Agregado susceptible de impuesto.

El Proyecto de Ley
Ley de tarifa justa en los servicios b�sicos
Cap�tulo �nico
Disposiciones generales
Art�culo 1�. (Objeto) La presente ley tiene por objeto beneficiar a la poblaci�n boliviana a trav�s de la disminuci�n del precio en los servicios b�sicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones con la exenci�n del cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Transferencia a los Servicios arriba mencionados.

Art�culo 2. (Marco Normativo) La presente ley se fundamenta en los art�culos 16, 20 y 75 de nuestra Constituci�n Pol�tica del Estado, donde se establece que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios b�sicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.

Articulo 3 (�mbito de Aplicaci�n) La presente ley se aplica a todas las cooperativas o entidades que presten servicios b�sicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones dentro de todo el territorio nacional y a todos los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia..

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