TSE: Los bolivianos tienen derecho a votar válido, nulo o blanco
07/11/2017 - 08:01:52
LA RAZ�N.- Los bolivianos elegir�n por segunda vez a sus autoridades judiciales el 3 de diciembre, en medio del llamado de la oposici�n al voto nulo, algo que el oficialismo critica. En este contexto, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) record� este lunes que los bolivianos pueden optar por tres tipos de voto: v�lido, nulo o blanco, y que las autoridades ser�n elegidas con los que opten por la primera opci�n, aunque las otras sean mayor�a.
El vocal electoral nacional Antonio Costa hizo la explicaci�n sobre el peso de los votos distintos a los v�lidos en las justas en las que se elegir�n a las m�ximas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tribunal Agroambiental (TA), Consejo de la Magistratura (CM) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
�Puede ser mayoritario el n�mero de votos blancos y nulos al de v�lido, igual se va a elegir y se va asignar esca�os a los que han participado en este proceso de votaci�n. Hay tres tipos de votos: v�lidos, blancos y nulos. Los ciudadanos tienen el absoluto derecho de emitir el que consideren conveniente�, afirm� durante una entrevista en la red Uno.
La mayor�a del oficialismo aprob� en la Asamblea Legislativa Plurinacional la lista de las 96 personas que terciar�n para ocupar un cargo judicial. La oposici�n no vot� en ese proceso y decidi� trabajar en alentar el voto nulo en el electorado como una muestra de rechazo al curso que sigui� la selecci�n de los hoy candidatos.
Legisladores de la opositora Unidad Dem�crata denunciaron adem�s que varios de los postulantes tienen relaci�n con el oficialismo, algo que el partido gobernante rechaza.
En el art�culo 161 de la ley de R�gimen Electoral se establece que el voto v�lido es el que �se realiza por una candidatura, para cada nivel de representaci�n o gobierno, o una postulaci�n en procesos electorales, o por una opci�n en referendos o revocatorias de mandato�, en tanto que el voto blanco es el �se realiza dejando sin marcar las opciones establecidas en la papeleta de sufragio�.
El voto nulo, seg�n el inciso c) del art�culo 161, es el que se �realiza a trav�s de marcas, signos o expresiones realizadas fuera de los lugares especificados para marcar el voto que deliberadamente anulen la papeleta, o mediante marcas, signos o expresiones que no indiquen con claridad la voluntad de voto�.
Es la segunda vez que los bolivianos acudir�n a las urnas para elegir a autoridades judiciales. La primera vez fue en 2011 y los elegidos ahora enfrentan una serie de denuncias.