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Suman voces contra la elección de subgobernadores en Tarija




06/02/2018 - 07:17:19
El Pa�s.- La elecci�n de subgobernadores no ser� posible debido a la inexistencia de esta figura en el ordenamiento jur�dico departamental porque fue abrogada por el Tribunal Constitucional y no podr� ser repuesta en ninguna condici�n, asegur� el asamble�sta de Camino al Cambio (CC), Luis Pedraza.

Mientras, el subgobernador de Cercado, Jhonny Torres Terzo, manifest� que no elegir a los subgobernadores ser� un retroceso en la democracia en el departamento, pero admiti� que la normativa constitucional no permite la elecci�n de los subgobernadores tal como lo mencion� el asamble�sta.
Seg�n explico Pedraza la Ley Electoral no puede cambiar lo que establece el Estatuto Auton�mico y para esta acci�n es necesario un procedimiento que atraviese la fase de consulta mediante un refer�ndum.
Ante este argumento, Torres declar� que la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) debe establecer una norma que corrija al Estatuto Auton�mico Departamental mediante la decisi�n de los habitantes del pueblo tarije�o, y por lo tanto llamar al refer�ndum necesario para conocer cu�l es la opini�n de los tarije�os.
�El propio Estatuto ha sido objeto de aprobaci�n y lo que se busca es que el subgobernador sea una autoridad electa para que tenga autoridad. Pero, �Para qu� sirve una autoridad electa en las condiciones que estamos nosotros?�, dijo Torres.
Seg�n la interpretaci�n de Pedraza sobre el Estatuto, los subgobernadores son autoridades sin gobernabilidad que no surgen mediante los procesos electorales, por el contrario el Gobernador departamental tiene la capacidad de designarlos y destituir de la misma manera.
Por otro lado, explic� que el proceso de cambiar los ejecutivos seccionales, figura que exist�a antes de los subgobernadores, se trataba de un cambio de la naturaleza del cargo. Es decir, cambiaron de ser autoridades con calidad gubernativa a ser autoridades sin calidad gubernativa y dependientes de la M�xima Autoridad Ejecutiva (MAE) del departamento.
El asamble�sta expuso que estos cambios no fueron una casualidad. Las secciones de provincia a las que representaban los ejecutivos seccionales, desaparecieron del ordenamiento territorial y por lo tanto estas autoridades ya no eran v�lidas.
Es por eso, que el Tribunal Constitucional en el proceso de adecuaci�n del Estatuto, que fue votado en julio del 2008, estableci� que no puede haber dos autoridades electas en la misma jurisdicci�n, por ende lo que anteriormente eran secciones, en la actualidad el departamento cuenta con los nominados municipios.
Pedraza argument� que la nueva autoridad de esta unidad son los alcaldes, quienes gobiernan las m�ximas entidades aut�nomas. Por otro lado, los subgobernadores son autoridades dependientes del municipio pero representan al gobierno aut�nomo departamental.

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