Jueves 10 de octubre 2024

Vía decreto controlarán el transporte de alimentos hacia zonas fronterizas



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El presidente Luis Arce aprobó este miércoles un decreto supremo que reglamenta la Ley 100, para fortalecer el control al tránsito ilegal de alimentos hacia zonas de seguridad fronteriza y contribuir a la prevención del contrabando.

“El Gobierno nacional, en el gabinete de ministros, el día de hoy (miércoles) ha aprobado un decreto supremo que reglamenta la Ley 100, con el objeto de controlar el tránsito ilegal de alimentos a la zona de seguridad fronteriza y de esta manera contribuir a la prevención del contrabando”, informó el ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, en conferencia de prensa.

Explicó que la normativa, de la cual se comenzará a trabajar en la reglamentación para su puesta en funcionamiento, señala que el Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad establecerá las siguientes medidas de prevención y control al contrabando:

Una lista de alimentos sujetos a control en su traslado, como el arroz, carnes (de pollo, res y cerdo) aceite, azúcar, huevo, papa e incluso verduras y ganado en pie, entre otros productos básicos.

Para el control, se emitirán los "Certificados de Abastecimiento en Áreas Fronterizas", que servirán para controlar el traslado de volúmenes suficientes para garantizar el abastecimiento de alimentos a zonas fronterizas.

“Eso quiere decir que quienes viven en las zonas fronterizas, como Desaguadero, por ejemplo, van a ser abastecidos con suficiente alimento para que no sean afectados. Productos que se trasladen en demasía van a ser sujetos a control y decomiso”, añadió Huanca.

Otra medida tiene que ver con la realización de un “Registro de Proveedores Únicos”, para la distribución y comercialización de alimentos para la población que habita en las zonas fronterizas.

“Es necesario aclarar que esta norma no alcanza al traslado de alimentos destinados al consumo doméstico. Hay hermanos y hermanas de las fronteras que llevan en menor cantidad sus alimentos, no van a ser alcanzados a aquellos y tampoco a las comunidades que se ubican en el trayecto que se traslada a las zonas fronterizas. Tampoco la exportación formal de alimentos, debido a que ello cuenta con la Declaración de Exportación que habilita a transitar libremente sus productos y llevar hacia otros países”, remarcó.

Otra medida implica mejorar la supervisión y control de lucha contra el contrabando. Para esto, el Ministerio de Defensa gestionará la apertura de oficinas regionales del Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando en los municipios fronterizos.

“En ese sentido, el Gobierno está implementando esta medida para cuidar la economía del pueblo boliviano”, resaltó el ministro.


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