- #Especiales
- 2026-03-25
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó una serie de sanciones económicas dirigidas a ciudadanos que incumplieron sus deberes durante la segunda vuelta de las elecciones generales. Una de las principales faltas es no asistir a votar, lo que conlleva una multa equivalente al 20% del salario mínimo nacional vigente, o sea Bs 500.
De acuerdo con el informe, esta sanción también aplica para quienes no presenten su certificado de sufragio en las entidades bancarias dentro de los 90 días posteriores a la jornada electoral que está fijada para este domingo 19 de octubre.
El incumplimiento no solo implica la multa económica, sino también restricciones temporales para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios y obtener pasaporte por un periodo de 90 días, según el reporte del ente electoral.
Están exentos de esta sanción los ciudadanos que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada, las personas mayores de 70 años y quienes demuestren haber estado fuera del país el día de la elección.
Sanciones a jurados
La normativa también contempla otras sanciones para diferentes actores del proceso electoral, como jurados, es decir, quienes injustificadamente no asistan o abandonen las mesas de sufragio serán sancionados con el 50% del salario mínimo nacional vigente, equivalente a Bs 1.375.
Los jurados que no participen en las juntas de jurados deberán pagar una multa del 5% del salario mínimo, mientras que quienes se ausenten temporalmente sin autorización de la presidencia de mesa serán sancionados con el 30 % del salario mínimo.
El documento también establece que los jurados que omitan informar de inmediato a los notarios electorales sobre violaciones a las normas electorales serán pasibles a una multa del 50% del salario mínimo.
Las multas y sanciones económicas también alcanzan a distintos actores electorales, como notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus deberes durante la segunda vuelta de las elecciones.