Martes 17 de marzo 2026

50/50: La Viceministra renunció pero el verdadero problema persiste



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I.       El síntoma y la enfermedad



Bolivia vivió a inicios de marzo de 2026 una de sus tormentas políticas más intensas en materia autonómica. La ahora ex-viceministra de Autonomías, Andrea Barrientos, generó una polémica nacional al declarar que no se podían fijar plazos para la redistribución de recursos 50/50, afirmando que el proceso podría tomar "tres días o diez años". Sus palabras fueron percibidas como una burla a las autonomías, desatando la furia de sectores cívicos, especialmente en Santa Cruz, que la declararon persona no grata, y de diversos actores políticos que pudieron su renuncia. Esto culminó con su renuncia el 6 de marzo de 2026. Pero aquí viene el diagnóstico que nadie quiere escuchar, el grave error de la exviceministra no fue solo de comunicación, fue de diagnóstico. Pero el error de las regiones sería mayor si creen que su renuncia soluciona algo. El problema no es una persona que exponga la realidad, es una Ley con diseño centralista; la Ley N° 031, Ley Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez". Cambiar al mensajero no cambia el mensaje. Y el mensaje de la Ley 031 es claro, las autonomías existen en el papel, pero en la práctica siguen subordinadas al Nivel Central del Estado. Mientras no entendamos esto, seguiremos cambiando Viceministros, mientras la estructura que estrangula a las autonomías permanece intacta.



II.      El diseño ideal vs. la realidad normativa de la ley 031



Para entender el problema, imaginemos un edificio familiar con cuatro departamentos. Según la Constitución de 2009, cada departamento (Departamento, Municipio, Región, Autonomía Indígena) tiene su propia llave. Cada familia decide cómo decorar, cómo gastar su dinero y cómo organizar su espacio. El padre de familia (Estado Central) solo ve las áreas comunes. Eso es lo que dice el Artículo 272 de la Constitución; autonomía implica elección directa de autoridades, administración de recursos económicos y ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva. Pero la Ley 031, aprobada apenas un año después (2010), puso candados adicionales que no estaban en los planos originales. Mediante frases como "en el marco de", "sujeto a normativa en vigencia" o "ejercicio gradual", convirtió competencias que la Constitución dio como EXCLUSIVAS en competencias CONDICIONADAS, donde el nivel central siempre tiene la última palabra. Los Artículos 64.I y 67.I de la Ley 031 son ejemplos claros de este "candado". El primero dice que las competencias exclusivas están "sujetas a la normativa en vigencia" del Nivel Central. El segundo establece un "ejercicio gradual" que no está en la Constitución. Es como si le dieran las llaves de su departamento, pero cada vez que quiera entrar necesite pedir permiso al administrador del edificio. Tiene la llave, pero no la libertad. Eso no es autonomía, es una ilusión de autonomía.



III.     El bloqueo financiero: El muro del 50/50



Ahora conectemos esto con la demanda del 50/50. Los sectores cívicos exigen que el 50% de los recursos nacionales se queden en las regiones. Suena justo. Pero aquí viene la pregunta incómoda: ¿De qué sirve que las regiones tengan más recursos (50/50) si su uso sigue estando condicionado por el nivel central? La Ley 031 tiene mecanismos de bloqueo financiero que hacen que el dinero pueda quedar "congelado". Primero, el Control del Endeudamiento: el Artículo 108.VIII de la Ley 031 subordina la deuda interna a la autorización del Órgano Ejecutivo del Nivel Central, violando la autonomía financiera. Segundo, las Transferencias "Sujetas a Disponibilidad": el Artículo 115.VII permite que el Tesoro no envíe los recursos si dice que "no hay recaudación suficiente", violando el Artículo 305 de la Constitución que exige recursos garantizados junto con las competencias. Advertencia: Si mañana se aprueba el 50/50, las gobernaciones tendrán más dinero en el papel, pero seguirán atadas a la autorización central para gastarlo en obras de mediana complejidad o para endeudarse y complementar sus proyectos. Tendremos regiones con las arcas llenas de dinero "congelado". Eso no es autonomía, es una trampa. Es como darle un auto de lujo a alguien, pero sin dejarle elegir a dónde conducir.



IV.     El rol del SEA: El portero que decide



Aquí viene el elemento más oscuro del sistema, el Servicio Estatal de Autonomías (SEA). Esta entidad no está prevista en la Constitución, fue creada por la Ley 031 (Artículos 125-129), y se convirtió en un filtro administrativo que retrasa y condiciona las decisiones autonómicas. El SEA debe emitir informes técnicos para transferencias competenciales (Art. 77.II), puede tardar meses en hacerlo, y su opinión puede bloquear procesos. Esto contradice el Artículo 276 de la Constitución, que dice que las entidades territoriales autónomas no estarán subordinadas entre ellas y tendrán igual rango constitucional. Pero en la práctica, él SEA está bajo tuición del Ministerio de la Presidencia, que depende del Órgano Ejecutivo Central. Usando una analogía; es como si el portero del edificio decidiera quién entra a su propio departamento. Usted es el propietario, pero el portero tiene la lista de autorización. Pregunta retórica: ¿Quién nos asegura que con el 50/50, el SEA no seguirá demorando los informes para la transferencia de nuevas competencias? ¿Quién nos asegura que no habrá "disponibilidad financiera" para justificar retrasos? El SEA es el mecanismo silencioso que mantiene el centralismo vivo, incluso con una viceministra más favorable a las autonomías.



V.      Diagnóstico: el peligro de la plata sin reglas



Hagamos un diagnóstico contundente con datos duros, aproximadamente mas de 40 artículos de la Ley 031 presentan problemas de inconstitucionalidad material y son los que estrangulan a las autonomías. Estos artículos incluyen los que condicionan el ejercicio competencial (64.I, 67.I), los que bloquean financieramente (108.VI-VIII, 115.VII, 116), los que crean filtros administrativos (77.II, 129), y los que violan el igual rango constitucional (120, 121). Conclusión: Dar más dinero sin reformar estos más de 40 artículos es como darle gasolina de alto octanaje a un motor que tiene los inyectores tapados. El resultado no será más potencia, será una explosión. Las regiones recibirán más plata, pero no podrán usarla, generando mayor frustración, obras paralizadas y enfrentamientos políticos. Imaginen que las gobernaciones reciben el 50/50, pero no pueden endeudarse para complementar proyectos porque el Órgano Ejecutivo Central no autoriza (Art. 108.VIII). Imaginen que reciben recursos, pero el SEA tarda 6 meses en emitir el informe para transferir una competencia (Art. 77.II). Imaginen que el Tesoro dice "no hay disponibilidad" y no envía lo programado (Art. 115.VII). Eso no es descentralización, es una ilusión de descentralización con más recursos. Y la frustración será mayor porque las expectativas serán más altas.



VI.     LA HOJA DE RUTA OBLIGADA PARA EL 50/50



Para la materialización del 50/50 es necesario un plan de acción, vinculando cada paso a la necesidad de que el 50/50 sea viable y no un fracaso. Corto Plazo (0-12 meses); "Despejar el Camino". Acción: Una Ley Interpretativa que aclare que el "ejercicio gradual" (Art. 67.I) no puede usarse para frenar el gasto de los nuevos recursos. Un Acuerdo en el Consejo Nacional de Autonomías para establecer plazos fatales para los informes del SEA (máximo 10 días). Esto no requiere 2/3 de la ALP, es viable rápidamente. Mediano Plazo (1-3 años); "La Cirugía Mayor". Acción: Que Consejo Nacional de Autonomías presente al Legislativo un proyecto "La Reforma Estructural". A objeto de impulsar una Reforma Parcial de la Ley 031 en la Asamblea Legislativa para eliminar todos los candados (requiere 2/3 de votos). Solo así el 50/50 se ejercerá con verdadera autonomía. Esto requiere compromiso de los legisladores, consenso político amplio y no demagógico.



VII.   Los actores y sus responsabilidades



Dirijámonos ahora a los actores clave. A los comités cívicos y gobernadores: Su fuerza no debe agotarse en pedir cabezas, debe canalizarse en exigir a la Asamblea Legislativa Plurinacional las reformas legales que sean necesarias. La renuncia de Barrientos es una victoria pírrica si la Ley 031 sigue intacta. Organicen acciones que presionen para que la ALP debata la reforma de la Ley 031. No se conformen con cambios cosméticos. Al Gobierno Nacional, No basta con cambiar una viceministra. Se necesita voluntad política para desmontar el andamiaje centralista de la Ley 031 y allanar el camino para un verdadero pacto fiscal y autonómico. El centralismo histórico de Bolivia no desapareció con la Constitución de 2009, se reconfiguró a través de la Ley 031. Reconducir el proceso autonómico no es opcional, es un deber constitucional. El gobierno tiene la oportunidad histórica de demostrar que cree en las autonomías no solo en el discurso, sino en la práctica legislativa.



VIII. Conclusión: reformemos la Ley 031 primero



El 50/50 no es un fin en sí mismo, es una herramienta. Y una herramienta en manos de un sistema legal que aún no cree en las autonomías, solo servirá para cavar la tumba de la esperanza descentralizadora. Reformemos la Ley 031 primero. Después, hablemos de plata. La Constitución de 2009 nos dio las llaves de la autonomía. La Ley 031 puso candados adicionales que no estaban en el diseño original. No se trata de destruir la Ley 031, sino de RECONDUCTIRLA al mandato constitucional. Los más de 40 artículos problemáticos deben corregirse. Los mecanismos de bloqueo financiero deben eliminarse. El SEA debe dejar de ser un filtro para ser un facilitador. Solo así el 50/50 tendrá sentido. Solo así las regiones podrán decir que tienen autonomía real, no autonomía de papel. La renuncia de Barrientos cerró un capítulo. Pero el libro completo de la autonomía boliviana sigue teniendo páginas en blanco que solo se llenarán con REFORMA ESTRUCTURAL, no con cambios de personas. El verdadero test para el gobierno y los legisladores no es quién ocupa el viceministerio de Autonomías. El verdadero test es si están dispuestos a reformar la Ley 031 para que las autonomías dejen de ser una promesa y se conviertan en una realidad. Bolivia merece más que viceministros presionados a renunciar. Bolivia merece autonomías que funcionen. Y eso solo se logra con leyes que respeten la Constitución.



*Abogado y Mgter. En Gestión Publica Judicial