Jueves 26 de marzo 2026

Los que no votaron pueden tramitar certificado de exención hasta el 19 de noviembre



4097 vistas

[Estamos en WhatsApp. Empieza a seguirnos ahora]

Los electores que no sufragaron en el balotaje presidencial del domingo, por causa justificada, pueden acudir hasta el 19 de noviembre a los tribunales electorales para tramitar el certificado de exención, recordó este lunes el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Para iniciar este trámite, deben presentar la documentación que respalde su impedimento.

Los certificados de impedimento o exención se extienden a ciudadanos que, por causas ajenas a su voluntad, no pudieron concurrir a los recintos electorales y emitir su voto. Por ejemplo, ausencia de su lugar de residencia por viajes inexcusables, actividades laborales, enfermedad, accidentes u otras emergencias.

Otras causales son la discapacidad motora muy grave, casos vinculados a la privación de libertad como detenciones domiciliarias o personas que estuvieron fuera del país y no pudieron retornar para participar en el proceso eleccionario.

Las solicitudes deben acompañarse necesariamente con documentación de respaldo como certificados médicos, memorandos de designación de trabajo, contratos de prestación de servicios, certificados de discapacidad, pasajes de avión y otros, según corresponda.


Más contenido de #Especiales

Anuncio