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Perú no pondrá a Zuleta ni a Sánchez Peña en frontera


30/07/2016 - 08:13:30
EL DEBER.- El embajador de Perú en La Paz, Benjamín Chimoy, afirmó ayer que mientras en Lima se resuelva un pedido de refugio, las autoridades peruanas protegerán a los abogados Wálter Zuleta y Williams Sánchez Peña, exdefensores de Gabriela Zapata. De esta forma respondió a la solicitud del Gobierno boliviano, que exigió reciprocidad por la extradición, en 2015, del empresario Martín Belaúnde.

El diplomático, durante un encuentro con los medios en la plaza Murillo, manifestó que “como solicitantes de refugio (los abogados) gozan, preliminarmente, de una cierta protección. De acuerdo al derecho internacional, no se les puede poner en frontera en este momento", explicó.

Chimoy complementó que “cada caso de solicitud de refugio es examinada por una comisión, ahí se verán los elementos para aprobar o rechazarlo”.

Ante esa respuesta, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, señaló que su responsabilidad será poner al tanto del caso al nuevo ministro del Interior de Perú. “A la anterior autoridad le expusimos los antecedentes e hicimos llegar el informe de Migración, que acredita que Zuleta y Sánchez Peña abandonaron el país de forma ilegal”.

Romero confía en que no debería corresponder el refugio y que lo manifestará a su nuevo colega peruano, porque no son "perseguidos políticos", sino que deben responder ante la justicia.
Zuleta fue acusado por la Fiscalía en rebeldía en el caso Zapata por los delitos de asociación delictuosa, uso indebido de bienes y servicios y contribuciones y ventajas ilegítimas.

Asimismo, Romero mencionó que existe una polémica sobre el tipo y la categoría de alerta que emitió la Interpol tras la salida de los dos juristas. “Se activó la alerta roja cuando verificamos su presencia en Lima, ya portaba credencial de personas que tenían en curso el trámite de refugio, entonces en ese momento tramitamos para que se cambie a alerta azul, con la que el Estado en el que se encuentran puede expulsarlos en frontera, esta coordinación la hacen los abogados para permitir el retorno de las personas”, explicó la autoridad.

Complementó que el trámite del cambio lo hace la Fiscalía. “Ellos hacen el requerimiento a la Policía Internacional, pero, evidentemente, hay un trabajo de coordinación que está en curso”, manifestó.
El fiscal general, Ramiro Guerrero, pidió reciprocidad a Perú, debido a que el país, en su momento, devolvió a Martín Belaunde.

Mientras tanto, la ministra de Comunicación, Marianela Paco, calificó al empresario y líder de UN, Samuel Doria Medina, como “tramitador de refugio para prófugos”, luego de un viaje que realizó a Lima.

Desde La Paz, la defensa de Sánchez Peña hizo conocer un pronunciamiento que señala que el hecho de que el ministro Romero, el fiscal general y Paco emitan declaraciones sobre el tema y la denuncia de que Doria Medina hace gestiones demuestra que se trata de un tema político, lo que hace viable la concesión del refugio en Perú

Abogados pueden apelar la decisión
Según el texto de la Ley del Refugiado, que está vigente en Perú, al que tuvo acceso este medio, los abogados William Sánchez Peña y Wálter Zuleta pueden apelar la decisión si es que les niegan la solicitud de refugio; pueden optar por ir a un tercer país.

El artículo 5 señala que “toda persona que invoque esa condición no puede ser rechazada, devuelta, expulsada, extraditada o sometida a cualquier situación de retorno al país donde su vida, integridad o su libertad estén amenazadas”.

Quedan exentos de esa disposición solamente las personas que hubieran cometido delito grave antes de ingresar a territorio peruano y se convierta en una amenaza para el orden público y la seguridad.
Tras ser admitida la solicitud, corre un plazo de 60 días hábiles para que se dé una respuesta. El artículo 16 señala que si hay dudas, la comisión debe dar el beneficio de la duda, es decir, declarar procedente el pedido, y si se la rechaza, el artículo 17 establece el derecho a apelar del solicitante y que se reconsidere su caso.

Si es que se niega definitivamente, la persona tiene la opción de no retornar a su país y recurrir a un tercero.

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