Sábado 14 de septiembre 2024

TCP declara improcedente las tres preguntas del referéndum planteado por Arce



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Correo del Sur.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declara improcedente la solicitud de constitucionalidad de tres preguntas planteadas por el presidente Luis Arce para el referéndum sobre la subvención a carburantes y la reelección presidencial.

Según conoció CORREO DEL SUR de manera extraoficial, el TCP argumenta que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no emitió un informe técnico y resolución administrativa aprobatoria de las tres preguntas, como lo hizo con las cuatro anteriores, es decir, considera que el Gobierno debió enviar antes las preguntas reformuladas al ente electoral.

La resolución fue emitida por el TCP, la noche del pasado jueves, y está en proceso de notificación.

"La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 121 y ss. del Código Procesal Constitucional; resuleve declarar: la IMPROCEDENCIA de la consulta de preguntas para referendo constitucional realizada por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme con los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente Declaración Constitucional Plurinacional; debiendo devolverse antecedentes a los fines de su cumplimiento", señala la parte conclusiva de la Declaración 0029/2024 del TCP.

La decisión del TCP se conoce a pocas horas del plazo para la emisión de la convocatoria, que fenece este 1 de septiembre, a tres meses de la jornada de elecciones judiciales, cuando el Gobierno pretende llevar adelante también el referéndum.

Dan casi por descartado el referéndum tras la declaratoria del TCP

Luego de que el TCP declarara improcedente la consulta que remitió el presidente Luis Arce sobre las preguntas para el referéndum, dos vocales del TSE recordaron que la entidad electoral necesita como mínimo 90 días para organizar y administrar ese proceso electoral, por lo que dieron a entender que el mismo no podrá celebrarse el 1 de diciembre como quería el Gobierno.  

“Hemos sido muy claros: necesitamos, como mínimo, 90 días para organizar un referéndum y llevar adelante un proceso de referéndum. Ese el plazo que está establecido en la Ley de Régimen Electoral. Por lo tanto, es el plazo mínimo que se requiere para poder emitir una convocatoria”, dijo el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, consultado sobre la decisión del TCP.

Agregó que “una vez que conozcamos” la resolución del TCP, “seguramente, vamos a emitir una postura institucional” y añadió que “se tendría que analizar otra fecha”, en caso de que se confirme la imposibilidad de llevar adelante Ese proceso electoral junto con las elecciones judiciales.  

El vocal Tahuichi Tahuichi Quispe, por su parte, reiteró que las preguntas observadas por el TSE deben ser devueltas a la entidad electoral para sean evaluadas técnicamente.

“Si la ida del Presidente del Estado era que coincidan las elecciones judiciales con el referéndum, para eso el Presidente debería estar convocando a referéndum, mediante un decreto, como plazo fatal, hasta el primero de septiembre. ¿Por qué? Por un plazo legal y de orden técnico: el Órgano Electoral necesita mínimo 90 días para organizar y administrar un referéndum. Creo que a esta alturas, eso ya es casi imposible, porque mañana pasado es 1 de septiembre”, dijo la autoridad electoral en declaraciones a la red Unitel.

Sobre el fallo del TCP, afirmó que se corrigió y sentó un precedente, ya que “no se puede ningunear al Órgano Electoral”.


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