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Luego de agradecer los comentarios a mi Columna Contrabando bendito, y siendo como soy un convencido de que siempre ser posible ponerse de acuerdo sobre un tema conflictivo cuando est determinado el bien mayor, paso a realizar algunas reflexiones adicionales sobre el tema.
Primero, es ineludible volver a valorar el loable intento de introducir drsticas modificaciones a la Ley General de Aduanas para poner el cascabel al gato. Segundo, lamentar la desafortunada aclaracin de que slo servir para perseguir a los gatos grandes. Tercero, aguardar que la reglamentacin de la Ley no impulse el fraccionamiento del contrabando para su ingreso al pas.
Esto viene a colacin con las amenazas de gremialistas y minoristas que, para mantener su lucrativo negocio dentro de la informalidad, exigen al Gobierno una reglamentacin a la carta para continuar como canales de venta del ilegal contrabando. En relacin a ello, un interesante artculo dice que los gobiernos neoliberales convirtieron a Bolivia en una gran zona franca a donde llegan mercaderas con mnimos controles y adems, que el neoliberalismo y sus polticas de dejar hacer y dejar pasar, promocionaron el levantamiento de enormes ferias del contrabando que en Santa Cruz, se llama Barrio Lindo, La Cancha en Cochabamba y Huyustus en La Paz (Bolivia: El ultimtum de los contrabandistas - www.kaosenlared.net).
El artculo lamenta, adems, que son pocas las voces de respaldo a las intenciones del Estado. Los importadores legales, no muestran decidido apoyo. Los fabriles que deberan defender sus fuentes de empleo, tampoco se interesan. Los contrabandistas y sus palos blancos, anuncian movilizacin por miles para defender con variadas estrategias la ilegalidad de su actividad. Si lo aseverado por su autor es verdad, entonces el Gobierno de cambio no deber ceder a la presin de las calles, ya que hacerlo sera un continuismo neoliberal.
Que nunca hubo en el pas una Ley anticontrabando tan severa como la actual? No es cierto. Un Decreto del 23 de diciembre de 1825 del Libertador Presidente Simn Bolvar, estableci entre las dursimas penas: la entrega al denunciante, de la mercadera decomisada; la expulsin del pas del contrabandista; y, que todo empleado en aduana, resguardo, capitana de puerto, o cualquier otro destino de hacienda pblica, que tomare parte en los fraudes que se cometan contra ella () ya sea interviniendo directamente en el fraude, o protegiendo el giro clandestino de los efectos de comercio, sufrir irremisiblemente la pena capital. Pese a ello, el contrabando sigui.
Es que de nada vale tener normas muy rgidas, si no se aplican. Veamos un ejemplo contemporneo: si la importacin y comercializacin de ropa usada est prohibida en Bolivia, por qu se permite su venta, cuando adems se la contrabandea principalmente desde el Imperio yankee? Alguien dijo que la diferencia entre los pases desarrollados y subdesarrollados es que, en los primeros las normas son flexibles pero de aplicacin rgida (se las respeta), mientras que en los segundos las leyes son rgidas pero de aplicacin flexible...
Por tanto, para combatir el contrabando, bueno sera que el Estado: a) Cumpla y haga cumplir la Ley; b) Facilite la generacin de empleo; y, c) Garantice mercados interno y externos para que se invierta y produzca ms. Slo entonces la gente vivar mejor y podr exigrsele que lo haga dentro de la legalidad.
* Gary Rodrguez es economista y gerente general del IBCE.