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Como punto de partida, debemos entender que conforme a la Constitución boliviana (CPE), el presidente de la República, carece de facultades para llamar a referéndum para reformar parcialmente la Constitución, por lo tanto, cualquier modificación o alteración al procedimiento de reforma constitucional, solo procede mediante Asamblea Constituyente, en estricto cumplimiento del art. 411.I de la CPE, concordante con el art. 152.III del código procesal constitucional. Tampoco se puede utilizar al referéndum como un mecanismo que permita una licencia para incumplir la Constitución.
En ese sentido, se debe respetar la división de poderes, base fundamental de todo sistema democrático, conforme se tiene previsto los arts. 12 y 122 del CPE.
Por otro lado, adviértase, que aquellas cuatro preguntas que fueron propuestas, buscan desafortunadamente incumplir la Constitución boliviana.
La propuesta de pregunta 1, concerniente a que, si la reelección será de forma continua o discontinua, resulta que, al respecto, ya la Constitución boliviana, en su art. 168, establece claramente: “una sola vez de forma continua”. Es decir, no hay motivo alguno de hacer dicha pregunta; y, si se desea agregar otro término más, obviamente implica buscar la reforma parcial de la Constitución y, en consecuencia, como indicamos anteriormente, el presidente carece de facultades para llamar a referéndum para realizar una reforma parcial a la Constitución.
Es más, este tema de la reelección, ya fue resuelta mediante la Opinión Consultiva N° 28/2021 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y, sumado a ello, existe la Sentencia Constitucional N° 1010/2023-S4 de fecha 28 de diciembre de 2023 (pág. 32 de los fundamentos jurídicos de dicho fallo), que señaló la no reelección más de una vez de manera continua y discontinua.
Las propuestas de preguntas 2 y 3, tanto sobre la subvención de la gasolina como la subvención del diésel, son decisiones estrictamente técnicas, por ende, no le compete al pueblo boliviano decidir eso.
Aquella muletilla o pretexto de decir, de que se desea gobernar escuchando al pueblo, es todo lo contrario lo que se pregona, pues el pueblo ya los eligió justamente para que gobiernen dentro su periodo constitucional y dado que dijeron que son capaces y expertos en gobernar pues es menester que demuestren sus promesas, esto es, que decidan de forma técnica lo concerniente a la subvención de carburantes. En otras palabras, nuevamente, nos vemos en lo antes señalado, es decir, amerita que se cumpla la CPE, pues ambas cuestiones (subvención de gasolina y diésel) son competencias privativas del nivel central, excluidas del referéndum y son materias relacionadas a gestión económica y de hidrocarburos, tal como lo establecen los artículos 298- I numerales 18 y 22 de la CPE en concomitancia con el art. 14 inciso h) de la Ley N° 026. Debe tan sólo cumplirse la Constitución, tan simple como eso.
La propuesta de pregunta 4, sobre el incremento de escaños parlamentarios, la propia Constitución, por voluntad del Constituyente, ya estableció la forma y modalidad de la distribución de escaños, previstas en el art. 146-IV de la CPE. En otras palabras, esta otra pregunta, nuevamente está promoviendo de forma flagrante el incumplimiento de la CPE y las leyes, echando por la borda la referida norma constitucional.
Por lo expuesto, tomemos conciencia: el pueblo boliviano, cada persona de forma individual, el presidente de la República, todos los servidores públicos y cada uno de los órganos del Estado, deben dar el ejemplo y cumplir la Constitución y las leyes, tal como mandan y ordenan los arts. 108, 172 y 235 de la CPE. De incumplirse tal situación en el sector público, estaríamos ante un abuso de autoridad e incluso existen normativas como los arts. 153 y 154 del Código Penal que prohíben dichos incumplimientos.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE), obviamente tiene también, la obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, para la realización de procesos electorales, en aplicación del artículo 205 de la CPE y el artículo 4 numeral 8 de la Ley 018 del Órgano Electoral, por lo tanto, tampoco puede mezclar las elecciones judiciales con otro proceso electoral, tal como menciona el art. 182-II de la CPE. Y, por mucho que puedan devolverles las propuestas de preguntas antes mencionadas modificadas, éstas al constituir incumplimiento de la Constitución, no deben dar curso a dicho mecanismo constitucional.
Asimismo, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), carece de atribución para modificar o alterar la Constitución boliviana mediante su jurisprudencia o declaraciones.
Con todo ello, resulta anecdótico y hasta patético que se pretenda usar un mecanismo constitucional (como el referéndum) para incumplir flagrantemente la Constitución, a manera de licencia para matar el cumplimiento de los textos constitucionales, por lo tanto, los principales llamados a salir en defensa de la Constitución y las leyes, son los representantes del pueblo, estos son, por ejemplo, los asambleístas nacionales y departamentales, quienes cuentan con legitimidad y poseen muchos argumentos y fundamentos suficientes, para cuestionar y manifestar su rechazo a tales afrentas a la Constitución, repudiando la burla que pueda existir hacia los administrados, todo ello, vía las acciones correspondientes ante el Órgano Electoral, TCP y la justicia ordinaria. Lo peor es la omisión o el no hacer nada, quedándose tan sólo como simples ciudadanos espectadores, siendo los llamados a intervenir en cumplimiento de sus funciones.
La oposición, en términos generales (salvo algunas excepciones), en vez que estar criticándose entre ellos, quien es más mediocre que el otro, dado que se tiene proyectado las elecciones judiciales y el próximo año deberán llevarse a cabo las elecciones generales, deberían ya estar exigiendo la depuración del padrón electoral de forma transparente bajo su supervisión y además estableciendo un movimiento sólido de control de actas, situación que jamás lo hicieron durante más de 16 años, distrayéndose más en los medios de comunicación y discutiendo en las calles, profundizando su lamentable falta de unión y eficiencia.
Por otro lado, el tema de la subvención de carburantes, es algo que debiera concientizarse al pueblo boliviano sobre su insostenibilidad, sea el gobierno que sea, sin importar los colores políticos y los absurdos fanatismos y dogmatismos que únicamente dividen, confrontan y debilitan al pueblo boliviano.
Es tiempo de los economistas y de los verdaderos políticos (nos referimos a los verdaderos profesionales en ciencias políticas y con solvencia ética, no aquellos improvisados, que solo se encumbran en la politiquería por puro intereses personales o familiares a cambio de cargos, pegas y/o enriquecimiento ilícito o el lavado de aquel dinero producto de la corrupción).
Es el momento de los profesionales economistas especializados, que sin fines de marketing (for business economists) sino de manera desinteresada, con criterios técnicos, amplios, claros y precisos, manejando datos reales, puedan orientar a la sociedad, con la debida participación tanto de quienes se encuentran en la función pública como de aquellas organizaciones, colegiaturas o instituciones civiles especializadas en la materia, que sean asesores verídicos y objetivos (no los publicistas, que solo dan opiniones direccionadas) en las áreas económicas e hidrocarburos, puedan explicarnos de cara al pueblo boliviano, con total franqueza la cruda realidad sin tintes políticos, dejar a un lado tanto las falsas creencias como la burbuja que deseáramos escuchar y tampoco prestar oídos a los neófitos que solo buscan intrigas politiqueras sobre el tema, sino todo lo contrario, plasmar un análisis y debate fidedigno de nivel profesional y técnico, donde se diga la verdad, lo que realmente conlleva la subvención de carburantes, porqué es insostenible y señalar un plan a largo plazo, que sea responsable, sincero, honesto y auténtico, sin engañar, pues el problema solo por sentido común, no debe pasar única y exclusivamente por la subvención, es decir, es hora que cese tanta politiquería y, exista un verdadero plan integral donde se incluyan además otras medidas, como ser: bajar el déficit fiscal, reducir el gasto público, achicar el tamaño del Estado, flexibilización laboral, implementación de seguridad y certidumbre jurídica, que genere y atraiga más inversión privada interna y foránea, que conduzca hacia la productividad y conlleve a eliminar el cepo y el corralito al dólar en las entidades financieras, además de la incorporación de otras medidas realistas y pragmáticas, sin dogmatismo políticos, evitando seguir con el mismo y trillado canto de sirenas, que al final de cuentas, únicamente nos llevan a la perdición y a la crisis total y profunda de nuestro país.