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- 2025-03-30
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Con el propósito de viabilizar la continuidad de las transacciones mediante el uso de tarjetas de crédito o débito en servicios y operaciones en el exterior, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) modificó el Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y Tarifas, para determinar las comisiones máximas a ser cobradas para transacciones con el exterior.
La Resolución ASFI/216/2025 de 14 de marzo de 2025 dispone que para las “transacciones con el exterior, de hasta $us 100 (compras por internet, pagos por POS físicos y retiros en cajeros automáticos), no aplica el cobro de comisión, mismo que se efectuará sólo sobre el monto que supere dicha cifra”.
Esta medida permite que la mayoría de la población que requiera efectuar pagos mediante tarjetas de crédito o débito pueda realizar sus consumos, independientemente del tipo de transacción que se haga con dichos instrumentos.
De acuerdo con la Asfi, esta medida beneficia al 82% de los tarjetahabientes, quienes utilizan sus tarjetas hasta el señalado monto de gratuidad.
Asimismo, la norma incorpora una fórmula de cálculo para establecer el porcentaje del componente variable que se aplicará para la determinación de la comisión máxima a ser cobrada en las transacciones con el exterior.
La comisión máxima considera un componente fijo relativo al costo de la transacción y el referido componente variable, que calcula un porcentaje, con base en el valor promedio de los 30 días anteriores y 7 días de rezago, del costo al cual se adquieren los dólares en el extranjero, de agentes económicos privados, permitiendo atenuar la volatilidad de dicho costo, así como se continúen brindando los servicios y operaciones con el exterior.
La Asfi aseguro que “en ningún momento fijó límites o restricciones en cuanto a montos para la realización de transacciones con el exterior, sea a través de transferencias o del uso de instrumentos electrónicos de pago”.